La Condición Jurídica del Extranjero en México

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Mencione los cuatro supuestos conforme a los cuales puede perderse la nacionalidad mexicana por naturalización.

  • Adquisición voluntaria de nacionalidad extranjera.
  • Por hacerse pasar como extranjero.
  • Usar pasaporte extranjero.
  • Aceptar o usar títulos nobiliarios que impliquen sumisión a otro estado.
  • O por residir durante 5 años continuos en el extranjero.

¿Cuál es el régimen de la nacionalidad de las personas morales en el Derecho Mexicano?

Según el artículo 8 de la Ley de Nacionalidad, son personas morales de nacionalidad mexicana las que se constituyan conforme a las leyes de la República y tengan en ella su domicilio legal.

CUESTIONARIO 3

La Condición Jurídica del Extranjero en México

¿Cuáles son los aspectos más relevantes en la historia de la condición jurídica de los extranjeros?

  • El patronaje y otras instituciones (Grecia clásica): instituciones que contemplaban la admisión del extranjero siempre que se hallara bajo la protección y vigilancia de un ciudadano en la ciudad-estado donde el extranjero se encontrase.
  • Jus gentium y peregrinos: los ciudadanos romanos estaban sujetos al jus civile, y los peregrinos sometidos a la ley de su origen.
  • Personalidad de las leyes (caída del imperio romano 455 d.C): la aplicación de la ley con base en la calidad de la persona por su origen, se otorgaban derechos a los extranjeros y se estableció jueces especiales para dirimir sus controversias, se pretendía que fueran personas de su mismo origen.
  • Territorialismo de las leyes (Edad Media siglo VIII): el vasallo quedó sometido al dictado del señor feudal y conservó únicamente los derechos que éste le otorgaba, solo podía trasladarse de un feudo a otro, con previo permiso de los señores feudales respectivos, se les aplicó reglas establecidas a quienes se encontraban en un feudo diferente.
  • Omnis peregrini y cartas de naturaleza (feudalismo): se otorgó a los extranjeros el derecho de testar mediante el testamento ominis peregrini, se otorgaron cartas de naturaleza a los extranjeros y se redujo el pago por los derechos de aubana.
  • Igualdad de derechos entre nacionales y extranjeros (1790-1791): se suprimieron los derechos de aubana y de detracción que afectaban a los extranjeros, se proclamó la igualdad de derechos entre nacionales y extranjeros.
  • Movimientos que favorecen a los extranjeros (siglo XX): movimiento de conferencia internacional sobre la condición de los extranjeros y La Habana.

Mencione los aspectos fundamentales de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre

Art. 2.- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier condición.

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