La Configuración del Sistema Democrático: El Proceso Constituyente y la Constitución Española de 1978
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El Proceso Constituyente de 1978
El Tema 12 aborda las nuevas Cortes y la Constitución de 1978. La primera tarea de las nuevas Cortes, tras las elecciones generales seguidas de las municipales, debía ser la elaboración de una Constitución sin exclusiones. De esta manera, se concretaba el proceso constituyente y la configuración del sistema democrático español.
La Apertura de las Nuevas Cortes y el Discurso de la Corona
Se inició la primera legislatura democrática y tuvo lugar el acto oficial presidido por el Rey. El Discurso de la Corona remarcó tres puntos fundamentales:
- La soberanía conquistada.
- La necesidad de convivencia democrática.
- El reconocimiento de las diferencias regionales.
Elaboración del Texto Constitucional: El Consenso
La Comisión de Asuntos Constitucionales del Congreso, integrada por diputados de los diferentes partidos, fue la encargada de elaborar el texto constitucional. Los ponentes, pertenecientes a distintas formaciones políticas, prepararon una Constitución aceptable para la inmensa mayoría de los españoles.
Prevaleció el espíritu de consenso sobre las diferencias ideológicas o las estrategias de los partidos. Este acuerdo fue clave para la legitimidad del nuevo marco legal.
Características Fundamentales de la Constitución de 1978
La Constitución recogía las características esenciales de las democracias occidentales y del constitucionalismo español a través de sus artículos. El articulado del Título Preliminar señalaba los aspectos fundamentales:
- Definía a España como un Estado social y democrático de derecho.
- Proclamaba que la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
- Establecía que la forma política del Estado es la Monarquía Parlamentaria.
- Se fundamentaba en la indisoluble unidad de la nación española, reconociendo y protegiendo el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran.
- Garantizaba los derechos humanos, las libertades y la igualdad de todos los españoles ante la ley.
- Abolía la pena de muerte.
- Establecía la aconfesionalidad del Estado y garantizaba la libertad de enseñanza.
- Fijaba la mayoría de edad a los 18 años.
- La defensa de la libertad y los derechos quedaba encomendada al Defensor del Pueblo.
Ratificación y Estructura de Poderes
El documento se sometió a referéndum tras una intensa campaña favorable al “sí”. Solo en el País Vasco la abstención fue muy alta. Poco después, se procedía a la disolución de las Cortes y a la convocatoria de nuevas elecciones generales.
La Estructura del Estado
La Constitución establece la división de poderes:
- Poder Legislativo: Recae en las Cortes Generales, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Son elegidos por sufragio universal y tienen la función de elaborar leyes.
- Poder Ejecutivo: El Gobierno dirige la política interior y exterior de España.
- Poder Judicial: Está constituido por jueces y magistrados independientes que administran la justicia en nombre del Rey.