Consolidación del Liberalismo Moderado en España: Constitución de 1845, Concordato de 1851 y Centralización
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Una serie de jóvenes políticos fueron los que protagonizaron la vida política española durante este período, emprendiendo la tarea de institucionalizar el régimen liberal –concretada en la elaboración de un nuevo marco constitucional–, de la normalización de las relaciones entre la Iglesia y el Estado y de la reforma de la Administración pública.
La Constitución de 1845 y la Soberanía Compartida
La Constitución de 1845 llevó a la práctica la concepción doctrinal del liberalismo moderado, según la cual, la Corona y las Cortes son conjuntamente depositarias de la soberanía nacional, compartiendo, asimismo, el poder legislativo. En efecto, se otorgaban a la Corona más prerrogativas de las que se le atribuían en el texto constitucional anterior, como el nombramiento de los ministros, la disolución de las Cortes, la sanción de las leyes y la designación de los miembros del Senado. No obstante, los diputados seguían siendo elegidos mediante sufragio censitario.
El Concordato de 1851: Reconciliación entre la Iglesia y el Estado
Una importancia relevante tuvo el Concordato de 1851, por el que quedaba zanjada la ruptura que se había producido entre la Iglesia y el Estado liberal como consecuencia de la desamortización. En él, la Santa Sede aceptó el hecho consumado de la desamortización eclesiástica y ratificó el Patronato Regio, es decir, el derecho del Estado a presentar a los candidatos a obispos para las sedes vacantes. España, por su parte, reconocía la unidad católica y la confesionalidad del Estado, al tiempo que concedía la protección del poder civil a la Iglesia y reconocía su intervención en la enseñanza. Con todo, sobrevendrán nuevas situaciones de ruptura con ocasión de la revolución de 1868.
Centralización Política y Administrativa
Los moderados configuraron un régimen político basado en el control total de la Corona sobre los mecanismos reguladores de la acción política. Su actuación se llevó a cabo, pues, bajo el signo del centralismo político-administrativo. A ello responde:
- La creación de la provincia como nueva demarcación territorial, cuya autoridad recaía en los gobernadores civiles.
- La Ley de Organización de los Ayuntamientos de 1845, que reservaba a la Corona la designación de los alcaldes de las capitales de provincia y cabezas de partido con población de dos mil o más habitantes.
- La reforma del sistema tributario, de Alejandro Mon, que implantó un sistema de impuestos más uniforme y equitativo mediante la supresión de las particularidades regionales. Esta reforma se completó con la creación del Banco de España.
- La elaboración del Código Penal.
- La creación de la Guardia Civil por el Duque de Ahumada en 1844, con la que se pretendía resolver un inaplazable problema nacional: el de la seguridad de los caminos y de las vías férreas.