La Constitución de 1812 y las Cortes de Cádiz: Fundamentos del Estado Liberal Español

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Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

A causa de las dificultades de la guerra, la alta nobleza y la jerarquía de la Iglesia apenas estuvieron representadas en Cádiz. Tampoco pudieron asistir los delegados de las provincias ocupadas, a los que se buscó suplentes gaditanos, lo mismo que a los representantes de los territorios americanos. Desde el principio, las Cortes demostraron que en nada se parecían a las antiguas. Se organizaron como Asamblea Constituyente y asumieron la soberanía nacional.

Desde el primer momento se tiene conciencia de que se parte de una situación nueva, y que no se reúnen las tradicionales cortes estamentales, sino que se reúne una sola asamblea en representación de la nación, no del rey, aunque se reconocía como soberano legítimo a Fernando VII y se le juraba fidelidad. Al mismo tiempo, se le reconocía a las Cortes el poder constituyente, es decir, el poder de formular una ley única fundamental, una constitución.

Los Diputados y sus Ideologías

Los diputados, elegidos por las ciudades, representaban tres grupos ideológicos:

  • Liberales
  • Absolutistas
  • Jovellanistas

Reformas Clave de las Cortes de Cádiz

Las Cortes de Cádiz decretaron:

  • La libertad de imprenta, que suprimía la censura para los escritos políticos, pero no para los religiosos, y que era una pieza clave para un sistema basado en la soberanía nacional.
  • La abolición de los señoríos jurisdiccionales, decisión fundamental en el proceso de reforzamiento del Estado.
  • La derogación de los gremios, para dar paso a las modernas relaciones de producción liberal capitalista.
  • La supresión de los mayorazgos, que hacían que la propiedad se acumulara en muy pocas manos.
  • La eliminación de los derechos de la Mesta.

En el campo, se puso en marcha la desamortización y se decretó la abolición de la Inquisición.

La Constitución de 1812

El día de San José de 1812, las Cortes de Cádiz aprobaron la primera Constitución de la historia de España, que resume su labor legisladora y establece las ideas y el lenguaje del liberalismo español. Su idea de la nación quedó plasmada en el diseño de un Estatuto unitario, que afirmaba los derechos de los españoles en su conjunto por encima de los históricos de cada reino.

Principios Fundamentales de la Constitución

  • Soberanía Nacional: La Constitución proclamaba la soberanía nacional en detrimento del rey. Al atribuir la soberanía a la nación, se estaba produciendo un cambio fundamental. Los ciudadanos, de acuerdo con el texto, reconocían a Fernando VII como Rey de España, pero no como rey absoluto, sino constitucional.
  • División de Poderes:
    • Legislativo: Residía en las Cortes, que tendrían una sola cámara, elegida por sufragio universal masculino indirecto, aunque para ser diputado se requería la condición de propietario. Tenía amplias atribuciones y estaba legislado perfectamente su funcionamiento en cuanto a su convocatoria, la periodicidad de las reuniones y la duración de las sesiones, lo que aseguraba su independencia respecto al rey.
    • Ejecutivo: Quedaba en manos del rey, que elegía a sus secretarios (ministros). El rey es irresponsable, y son sus ministros los que responden ante la justicia. Además, se incluyeron una serie de limitaciones a la libertad de acción del monarca sin el consentimiento de las Cortes, tales como ausentarse del reino, ceder la corona o ceder parte del territorio, establecer alianzas, o impedir la reunión de las Cortes.
    • Judicial: Quedaba en manos de tribunales independientes.
  • Igualdad de los Ciudadanos: Con el fin de conseguir la igualdad de los ciudadanos, la Constitución de 1812 fijaba una burocracia centralizada, una fiscalidad común, una Milicia Nacional y un mercado libre de aduanas interiores.

El Regreso de Fernando VII

Cuando regresó Fernando VII, todos los que estaban en contra de la Constitución se unieron al rey para acabar con ella.

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