La Constitución de 1812: Origen y Principios Clave de 'La Pepa' en el Liberalismo Español

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La Constitución de 1812: El Nacimiento de "La Pepa"

A comienzos del siglo XIX, gracias al contacto comercial con las Indias, existía en Cádiz una poderosa burguesía mercantil y una pujante vida ciudadana. Muchos miembros de esta burguesía eran afines al liberalismo.

Los pactos alcanzados por los diferentes grupos ideológicos dieron como resultado un texto que se publicó el 19 de marzo de 1812, festividad de San José, por lo que a esta Constitución se la bautizó popularmente como “la Pepa”.

El texto lo conformaban 384 artículos y constituyó la columna vertebral del liberalismo español, aunque alcanzó también un gran eco en el liberalismo europeo. Sus principios fundamentales fueron:

Principios Fundamentales de la Constitución de 1812

  • Establecía la monarquía constitucional, una forma de gobierno donde el monarca ostenta la jefatura del Estado, aunque su poder está regulado por la ley, cuyos principios básicos están recogidos en una Constitución. La figura del rey era inviolable y mantenía importantes prerrogativas, como vetar las leyes.
  • Fijaba la separación de poderes y dejaba en manos del rey el poder ejecutivo. El poder legislativo lo compartían las Cortes, en las que residía la soberanía nacional, y el monarca. La imposición de tributos quedaba en manos de las Cortes, que además tendrían la potestad de autorizar el matrimonio del rey.
  • Era una Constitución confesional, puesto que proclamaba que la religión católica era la del Estado, por ser la “única verdadera”.
  • Establecía la igualdad ante la ley, con lo que se asestaba un duro golpe a la sociedad estamental, y recogía una serie de derechos individuales, como la libertad de expresión, llamada entonces “de imprenta”, y que no incluía la publicación de los libros religiosos que requerían del “nihil obstat” eclesiástico (expresión latina que significa “nada se opone” y que los censores eclesiásticos usaban para señalar que una obra podía imprimirse porque no había nada que objetar a su contenido).
  • Contemplaba además la inviolabilidad del domicilio y la supresión del tormento para obtener confesiones en los procedimientos judiciales.
  • Reconocía igualmente el derecho al sufragio para todos los varones mayores de 25 años. Los diputados eran inviolables en el ejercicio de sus funciones. Para ser diputado había que cumplir una serie de requisitos: tener cumplidos los 25 años y llevar siete de residencia en la circunscripción por la que se presentara, amén de disponer de una renta mínima.

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