La Constitución de 1869: Un Hito Democrático en la Historia Española
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La Revolución Gloriosa de 1868 marcó un punto de inflexión en la historia de España, culminando con la expulsión de Isabel II del trono y la promulgación de una nueva Constitución en 1869. Este documento, considerado la primera Constitución democrática de nuestra historia, introdujo novedades significativas y sentó las bases para un cambio profundo en la estructura política y social del país.
Novedades y Características Principales
El Gobierno provisional surgido de la revolución convocó elecciones a Cortes constituyentes, introduciendo una novedad trascendental: el voto para los varones mayores de 25 años. El proyecto constitucional, elaborado por una comisión y aprobado por las Cortes el 1 de junio de 1869, se caracterizó por:
- Sufragio universal masculino.
- Una amplísima declaración de derechos.
- La voluntad de cambiar la estructura centralista del Estado.
Regulación de los Derechos
La Constitución de 1869 dedicó una atención minuciosa a la regulación de los derechos, con el objetivo de impedir que fueran recortados por leyes posteriores. Entre las innovaciones más destacadas se encuentran:
- Nuevos derechos como el de reunión y asociación.
- La cuestión religiosa: se estableció la libertad de cultos, tanto privados como públicos, y el mantenimiento por el Estado del culto y el clero.
Regulación de las Instituciones
En cuanto a la organización del Estado, la Constitución de 1869 estableció:
- La soberanía nacional como origen de todo el poder.
- La división de poderes y la descentralización.
Organización de las Cortes
Las Cortes, compuestas por el Congreso de los Diputados y el Senado, gozaban de amplias facultades y se buscó evitar que fueran coartadas por el gobierno o el rey. El texto fijaba plazos mínimos para su reunión (no más tarde del 1 de febrero) y les otorgaba la capacidad de cobrar impuestos. Eran el centro del poder legislativo.
- Congreso de los Diputados: Elegidos por sufragio universal y directo, con un representante por cada 40.000 habitantes.
- Senado: Elegido por sufragio universal pero indirecto. Los candidatos debían cumplir requisitos como tener 40 años, haber desempeñado funciones públicas importantes, poseer titulación superior o ser uno de los grandes propietarios. Se elegían cuatro senadores por provincia.
Ambas cámaras tenían la facultad de elegir su propia mesa, iniciativa legislativa y la capacidad de presentar mociones de censura e interpelaciones al gobierno.
El Papel del Rey
El monarca ostentaba la figura de monarca constitucional, y sus facultades eran ejercidas por los ministros.
Independencia Judicial y Reformas
La Constitución de 1869 garantizaba la independencia judicial mediante el establecimiento de la oposición para ingresar en la carrera judicial. El Consejo de Estado se encargaba de los asuntos que afectaban a los jueces. Se introdujo el juicio por jurados y se contemplaron acciones contra los jueces que cometieran delitos en el ejercicio de su cargo. La reforma constitucional era una decisión exclusiva de las Cortes.
El aumento del número de instituciones propició la creación de numerosas leyes, lo que convirtió este período en una etapa beneficiosa para el orden legislativo.
Breve Vida y Legado
A pesar de su carácter innovador, la vida de esta Constitución fue breve. La entronización de Amadeo de Saboya y su posterior renuncia, debido al cúmulo de dificultades, abrieron paso a la proclamación de la República. Sin embargo, la Constitución de 1869 continuó vigente al no prosperar los proyectos constitucionales republicanos. La inviabilidad de aplicar la Constitución y el orden republicano se evidenció con el Golpe de Estado del general Pavía, seguido por el régimen de Serrano hasta la llegada de la Restauración.