La Constitución de 1869: Hito Democrático y Legado del Sexenio en España

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El Sexenio Democrático y la Constitución de 1869: Un Hito en la Historia de España

Desde 1848, Europa fue escenario de revoluciones democráticas, con una activa participación de la clase trabajadora que demandaba cambios democráticos y derechos sociales más profundos. En septiembre de 1868, una crisis económica, política y social, sin solución por parte de los moderados, impulsó a la Unión Liberal, el Partido Progresista y el Partido Demócrata a unirse para derrocar a Isabel II de Borbón. Tras un levantamiento militar con amplio apoyo popular, la reina huyó a Francia.

La Revolución Gloriosa de septiembre de 1868 dio paso a la instauración de un Gobierno Provisional (1868-1871), encabezado por el General Serrano. Se convocaron elecciones con sufragio universal masculino, resultando ganador el Partido Progresista. La tarea primordial de este gobierno fue la redacción de una nueva constitución, fuertemente influenciada por la ideología del partido vencedor. Esta constitución democrática, inspirada en la Constitución Belga de 1831 y la Constitución de Estados Unidos de 1787, estableció en su preámbulo la soberanía nacional basada en el pueblo, proclamó la división de poderes y emitió una amplia declaración de derechos.

Principales Características de la Constitución de 1869

La Constitución de 1869 se destacó por las siguientes innovaciones y principios:

  • 1º. Reconocimiento de la Soberanía Nacional: Estableció la soberanía nacional de base popular, un principio fundamental para la legitimidad del poder.
  • 2º. Monarquía Constitucional y Control Parlamentario: La forma de gobierno era una monarquía, donde el rey poseía poderes similares a los de constituciones anteriores, pero su autoridad estaba sujeta a la soberanía nacional, de la cual derivaban todos los poderes del Estado. Se contempló la posibilidad de una nueva dinastía, diferente a los Borbones. Además, el Gobierno podía ser disuelto mediante una moción de censura de las cámaras, lo que garantizaba que no podría gobernar sin la confianza parlamentaria.
  • 3º. Sistema Bicameral: Se instauró un sistema bicameral compuesto por el Congreso y el Senado. Ambos se elegían por sufragio universal masculino, aunque para ser senador se requería ser un "mayor contribuyente" o poseer "altas capacidades".
  • 4º. Sufragio Universal Masculino: Consolidó el sufragio universal masculino como una de las conquistas políticas más significativas de la Revolución de 1868.
  • 5º. Amplia Declaración de Derechos Individuales: Reguló exhaustivamente todos los derechos individuales, incluyendo aquellos no mencionados de forma expresa. Estos derechos abarcaban: libertad de culto, reunión y asociación, residencia, enseñanza, expresión e inviolabilidad del domicilio.
  • 6º. Elección Democrática de Entidades Locales: Se estableció la elección democrática de ayuntamientos y diputaciones provinciales, fortaleciendo la autonomía local.
  • 7º. Igualdad de Derechos para Provincias Ultramarinas: Las provincias de Cuba y Puerto Rico gozaban de los mismos derechos que las provincias peninsulares, mientras que Filipinas quedaba gobernada por una ley especial.

Legado y Fin del Sexenio Democrático

En 1869, España adoptó una constitución considerada la más liberal de Europa y la primera democrática en el país. Esta constitución otorgaba a las Cortes un papel crucial, limitando significativamente el poder del monarca. A pesar de sus avances, su recepción no fue unánime: los republicanos la criticaron por mantener la monarquía, los católicos discreparon con la libertad religiosa, y los librepensadores objetaron el mantenimiento del culto.

Tras el fallido reinado de Amadeo I de Saboya (1871-1873), se proclamó la Primera República Española en 1873, con la intención de redactar una nueva constitución. Sin embargo, este intento democrático se frustró en 1874 con un golpe de Estado liderado por el General Pavía, que puso fin al periodo conocido como el Sexenio Democrático (1868-1874) y dio inicio a la Restauración Borbónica.

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