La Constitución de 1876: Pilar del Régimen de la Restauración en España

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La Constitución de 1876: Contexto y Naturaleza

Nos disponemos a comentar la Constitución de 1876. Se trata de una fuente primaria de naturaleza jurídica y su carácter es público, ya que su destinatario es toda la Nación.

Circunstancias Espacio-Temporales

Este documento se inscribe en la Edad Contemporánea, específicamente en la segunda mitad del siglo XIX, durante el periodo de la Restauración. En concreto, corresponde al reinado de Alfonso XII, con quien se reinstaura la dinastía Borbón tras la Primera República, gracias a la labor de Antonio Cánovas del Castillo. En esta etapa se pretendía restablecer el régimen liberal moderado anterior y se caracterizará por una estabilidad política con un bipartidismo basado en el turnismo entre el Partido Conservador y el Partido Liberal.

Autoría y Promulgación

La autoría corresponde a un grupo de expertos con aportaciones destacadas de Antonio Cánovas del Castillo, líder del Partido Conservador y jefe de gobierno en ese momento. Él fue el principal promulgador de esta Constitución, además de ideólogo clave de la Restauración. El documento fue decretado por las Cortes y el Rey el 30 de junio de 1876 en Madrid, capital del país.

Ideología y Contenido de la Constitución de 1876

Este documento, como se desprende tras el examen de sus artículos, muestra una ideología liberal moderada, apreciándose cómo otorga mayor poder al monarca, lo cual queda reflejado en la separación de poderes.

Principios Fundamentales

  • Soberanía Compartida: Se estipula la soberanía compartida entre «las Cortes con el Rey».
  • Sistema Bicameral: Se establece un sistema bicameral conformado por el Senado, el cual lo componen «senadores vitalicios y electivos», y el Congreso de los Diputados, cuyos miembros serían elegidos a través de un sufragio que no quedaba fijado («mediante el método que determine la ley»).
  • Poder Ejecutivo del Monarca: En esta Constitución se decreta que «la potestad de ejecutar leyes» la ostenta el monarca.

Derechos y Confesionalidad del Estado

Además, se declara la igualdad jurídica, de manera que habrá «un solo fuero para todos los españoles», junto con los derechos del individuo como la libertad de expresión («sin censura previa») y de reunión y asociación, entre otros.

Por último, se proclama la confesionalidad del Estado, estableciendo la «religión católica Apostólica Romana» como oficial, no permitiendo otras de un modo público, aunque muestra cierta tolerancia al indicar que «nadie será amonestado... por sus opiniones religiosas».

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