La Constitución de 1931 y el Nacimiento de la Segunda República Española
La Constitución de 1931
La misión principal del Gobierno fue convocar elecciones a Cortes Constituyentes que otorgaran legitimidad al régimen republicano. Las elecciones se celebraron en junio de 1931 y dieron una gran mayoría a los partidos de la coalición gobernante; el PSOE se convirtió en la formación parlamentaria más numerosa, seguido por los radicales de Lerroux, los radicales socialistas y el partido de Azaña.
Los diputados de las Cortes Constituyentes pertenecían mayoritariamente a la izquierda burguesa. La derecha no republicana era una minoría simbólica. Las Cortes se dedicaron a debatir el texto de la futura Constitución entre agosto y diciembre, fechas en las que se promulgó.
Estructura y Definición del Estado
La Constitución de 1931 es un texto de extensión media, ya que consta de 125 artículos, agrupados en nueve títulos, más uno preliminar. El artículo primero de la Constitución define España como:
"Una República democrática de trabajadores de toda la clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia"
Para afirmar a continuación que "la República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los municipios y las regiones". Nuestra historia constitucional recoge en este texto, por primera vez, un Estado distinto del unitario que había existido desde la Constitución de Cádiz hasta la Restauración canovista. Lo que se pretendió en 1931 fue superar los conceptos tanto unitarios como federales.
Principios Políticos Fundamentales
Los principios políticos que inspiran la Constitución de 1931 son:
- La democracia
- El regionalismo
- El laicismo
- La economía social
Derechos, Garantías y Sufragio
El carácter democrático de la Constitución se refleja en la proclamación sin ambages de la soberanía popular, que se consagra en el sufragio universal, así como en las formas de democracia directa y en las instituciones representativas. Los principios democráticos se plasman también en una amplia declaración de derechos y en la división e interrelación de los poderes del Estado.
Junto a los derechos políticos y civiles clásicos de las constituciones liberales del siglo XIX, se recogen los derechos sociales y económicos y, lo que es igualmente importante, un sistema de garantías de todos los derechos que culmina en el Tribunal de Garantías Constitucionales.
Este elemento democrático tiene su expresión en la composición de las Cortes, que se eligen por sufragio universal igual, libre, directo y secreto. La Constitución republicana reconoce por primera vez el voto de la mujer en condiciones de igualdad con el hombre.