Constitución Española de 1812: Origen y Legado en la Historia

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La Constitución Española de 1812: Origen y Legado

Contexto Histórico: La Guerra de la Independencia y la Revolución Política

La primera Constitución española se elaboró en plena Guerra de la Independencia (1808-1814). Este conflicto comenzó con el levantamiento popular del 2 de mayo de 1808 contra la invasión francesa, un evento que, a su vez, desencadenó una auténtica revolución política destinada a acabar con el Antiguo Régimen. Napoleón Bonaparte, siguiendo su política expansionista, invadió España aprovechando la debilidad de una monarquía aquejada de problemas internos y rencillas dinásticas. La creciente hostilidad contra las tropas francesas desembocó en los hechos del 2 de mayo de 1808 en Madrid. Mientras se desarrollaban las abdicaciones de Bayona, el pueblo de Madrid se alzó de forma espontánea contra los franceses. El levantamiento se generalizó por todo el país y originó movimientos juntistas.

Las Juntas y la Convocatoria de Cortes

Los "patriotas", que no reconocían a José I Bonaparte como su nuevo rey, organizaron juntas locales, y después provinciales, en casi todas las regiones. Estas juntas asumieron el poder en sus respectivas zonas e iniciaron la reacción frente a la ocupación. Para coordinar la labor de las juntas, se creó la Junta Suprema Central en septiembre de 1808, inicialmente en Aranjuez, que se hizo cargo del gobierno y de la dirección de la lucha armada. Además, asumió la tarea de reformar las instituciones del Antiguo Régimen y decidió convocar unas Cortes Generales y Extraordinarias en mayo de 1809. En enero de 1810, la Junta se disolvió y traspasó sus poderes a un Consejo de Regencia, integrado por cinco miembros, que fijó la reunión de las Cortes para agosto. Cabe destacar que la creación de la Junta Suprema de Canarias con sede en La Laguna (Tenerife) fue contestada por la Junta de Gran Canaria, considerándose este hecho uno de los primeros episodios del "pleito insular canario".

La Redacción de la Constitución de 1812

La redacción de la Constitución se inició al mismo tiempo que la Guerra de la Independencia, tras una convocatoria de Cortes Generales y Extraordinarias que se declararon soberanas en septiembre de 1810 y que se reunieron en Cádiz por no estar la ciudad ocupada por el ejército francés. Tras año y medio de discusión, se promulgó el 19 de marzo de 1812, por lo que se la conoce como La Pepa. Los diputados quisieron aunar la tradición española con el nuevo espíritu revolucionario liberal, ya que entre sus autores estas eran las sensibilidades que se advertían.

Reformas y Abolición del Antiguo Régimen

Además, en las Cortes de Cádiz se promulgaron varios decretos que eliminaban las estructuras económicas y sociales del Antiguo Régimen:

  • El decreto del 6 de agosto de 1811 abolió el régimen señorial y los señoríos jurisdiccionales.
  • El decreto del 8 de junio de 1813 dispuso plena libertad para el establecimiento de fábricas y el ejercicio de cualquier industria, un derecho coartado hasta la fecha por los gremios, que fueron abolidos.
  • Otros decretos abolieron las aduanas interiores y proclamaron la libertad de contratación, de arrendamiento y de comercialización de los productos.
  • Otro permitió la libre utilización de la tierra sin ningún impedimento, autorizando a los propietarios a cercar sus fincas, algo que hasta la fecha tampoco era posible debido a los privilegios del Real Concejo de la Mesta.

Desamortización y Financiación de la Guerra

Además de promover la actividad económica y dotar de flexibilidad al mercado, el Estado también necesitaba captar nuevos recursos para financiar la guerra. De ahí que un decreto del 13 de septiembre de 1813 confiscara las posesiones de los afrancesados, y desamortizara y convirtiera en bienes nacionales las propiedades de los jesuitas, de las órdenes militares, de los conventos y monasterios extinguidos, disueltos o reformados durante la guerra y de la abolida Inquisición.

Legado y Repercusión de la Constitución

La Constitución apenas pudo aplicarse debido al contexto de la guerra. La restauración absolutista de 1814 la abolió. Volvió a entrar en vigor durante el Trienio Liberal (1820-1823) y quedó definitivamente sin aplicación práctica con la Década Ominosa (1823-1833). Sin embargo, su espíritu y programa fueron una referencia durante la mayor parte del siglo XIX, convirtiéndose en un mito para el liberalismo universal y en un modelo para las revoluciones liberales europeas y americanas.

Diputados Canarios en las Cortes de Cádiz

En las Cortes de Cádiz participaron cuatro diputados canarios:

  • D. Pedro José Gordillo y Ramos (Gran Canaria)
  • D. Santiago Key Muñoz (Tenerife)
  • D. Fernando Llerena y Francy (La Palma)
  • D. Antonio José Ruiz de Padrón (Lanzarote, Fuerteventura, La Gomera y El Hierro)

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