Constitución Española de 1978: Creación y Evolución del Estado de las Autonomías
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La Constitución Española de 1978 y el Nacimiento del Estado de las Autonomías
Tras las elecciones de 1977, se designó a siete diputados para redactar un borrador de la Constitución, buscando consenso entre los distintos partidos. El texto fue aprobado por el Congreso y el Senado el 31 de octubre de 1978 y sometido a referéndum el 6 de diciembre, obteniendo el apoyo del 87% de los votantes.
Pilares Fundamentales de la Constitución de 1978
La Constitución estableció a España como un Estado social y democrático de derecho, basado en la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. La monarquía parlamentaria fue adoptada como forma de gobierno, con la soberanía nacional residiendo en el pueblo. Se limitaron los poderes de la Corona y se garantizaron derechos fundamentales como la libertad de expresión, de culto, de información y de enseñanza, además de la igualdad ante la ley y la protección de los derechos humanos.
La Separación de Poderes
Se estableció una clara separación de poderes:
- Legislativo: Las Cortes Generales (Congreso y Senado) son elegidas por sufragio universal y elaboran las leyes.
- Ejecutivo: El Gobierno dirige la política del país y responde ante el Parlamento.
- Judicial: Jueces y magistrados independientes administran justicia en nombre del pueblo.
El Estado de las Autonomías: Un Modelo Descentralizado
Uno de los aspectos más relevantes de la Constitución fue la creación del Estado de las Autonomías. Durante la dictadura franquista, el centralismo había generado tensiones territoriales, por lo que se impulsó un modelo descentralizado. Antes de la aprobación de la Constitución, se concedieron preautonomías a algunas regiones, como Cataluña en 1977, con el regreso de Josep Tarradellas como presidente provisional de la Generalitat.
Procedimientos para la Creación de Comunidades Autónomas
La Constitución estableció dos procedimientos principales para la creación de Comunidades Autónomas:
- Vía rápida (artículo 151): Dirigida a las nacionalidades históricas (Cataluña, Galicia y País Vasco), además de Andalucía, que accedió por referéndum.
- Vía lenta (artículo 143): Para el resto de las regiones, con un proceso de autonomía más gradual.
Primeros Estatutos de Autonomía
Los primeros estatutos de autonomía se aprobaron en 1979. En el País Vasco, el Estatuto de Gernika recogió amplias competencias, incluyendo la Hacienda foral y la posible integración de Navarra, aunque la abstención superó el 40%. Cataluña aprobó su Estatuto sin grandes dificultades gracias a la voluntad de consenso de sus representantes.
Este modelo autonómico sentó las bases del sistema territorial actual, permitiendo a las regiones desarrollar su autogobierno dentro del marco constitucional.