La Constitución Española de 1978: Fundamentos, Derechos y Instituciones Clave
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La Constitución Española de 1978
La Constitución es la ley más importante: de ella deriva el ordenamiento jurídico que organiza nuestra convivencia. Incluye los valores superiores que deben orientar la convivencia de los españoles y establece:
Régimen Político
- España es un Estado social y democrático de Derecho.
- La soberanía nacional reside en el pueblo español.
- La forma de Estado es la monarquía parlamentaria.
- Se configura como un Estado descentralizado compuesto por 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas.
Derechos y Deberes de los Españoles
- El derecho a la vida, a la integridad física y moral; a la libertad ideológica, religiosa y de culto; a la libre elección de residencia y a la libre circulación, etc.
- Pago de impuestos y la conservación del medio ambiente.
Principales Instituciones Democráticas del Estado Español
- Jefatura del Estado: La ostenta el rey, al que se considera el símbolo de la unidad y permanencia de España. Le corresponde sancionar y promulgar leyes, convocar y disolver las Cortes Generales y convocar el referéndum en los casos previstos por la Constitución.
- Presidencia del Gobierno: Recae sobre la persona elegida por las Cortes Generales tras las elecciones, que ejerce la función ejecutiva de acuerdo con la Constitución y con las leyes. Dirige la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado.
- Senado: Cámara parlamentaria que desempeña, además de una función legislativa, la de integración territorial y de control e impulso político.
- Congreso de los Diputados: Cámara parlamentaria que ejerce una función legislativa, pero también de control de la acción del Gobierno.
- Consejo General del Poder Judicial: Órgano de gobierno del poder judicial de España que vela por la independencia de los jueces y magistrados frente a los demás poderes del Estado.
- Tribunal Constitucional: Órgano del poder judicial que controla la constitucionalidad de las normas con rango de ley, así como los tratados internacionales. También dirime toda clase de conflictos constitucionales.
- Defensor del Pueblo: Personalidad elegida por el Gobierno cuya principal función es velar por la protección y defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos.