La Constitución Española de 1978: Proceso, Consenso y Pilares Democráticos
La Constitución de 1978
Las elecciones de junio de 1977 no tuvieron un carácter constituyente, pero todos eran conscientes de que la primera tarea de las nuevas Cortes debía ser la elaboración de una Constitución sin exclusiones. El 13 de julio de 1977 se iniciaba la primera legislatura democrática y en el discurso del rey se remarcó la soberanía conquistada, la necesaria convivencia democrática y el reconocimiento de las diferencias regionales dentro de la indisoluble unidad de España. Las Cortes habían roto la legalidad impuesta por el régimen anterior e iniciaban un periodo constituyente, sin dejar de ser legislativas y sin perder el control sobre el gobierno.
Elaboración del Texto Constitucional
La Comisión de Asuntos Constitucionales del Congreso, integrada por 36 diputados de los diferentes partidos, fue la encargada de elaborar el texto constitucional. La comisión designó, a su vez, a un grupo de siete miembros, pertenecientes a la UCD, PSOE, PCE, AP y Minoría Catalana, quienes elaboraron una Constitución aceptable para la inmensa mayoría de los españoles. La empresa fue larga, compleja y no exenta de tensiones, pero prevaleció el espíritu de consenso sobre las diferencias ideológicas.
Aprobación y Ratificación
La comisión trabajó sobre un primer borrador. Más tarde, el texto pasó al pleno del Congreso primero y del Senado después. Ambas cámaras aprobaron el texto constitucional el 31 de octubre de 1978, en sesión conjunta. El texto se sometió a referéndum el 6 de diciembre de 1978. Votó el 67% del electorado y se aprobó por el 87% de los votantes. Solo en el País Vasco la abstención fue alta.
Poco después se procedía a la disolución de las Cortes y a la convocatoria de nuevas elecciones generales, a las que debían seguir las municipales. Se concretaba así el proceso constituyente y la configuración del sistema democrático.
Características Fundamentales de la Constitución de 1978
- A) Es de origen popular. Elaborada por representantes del pueblo y ratificada en referéndum constitucional.
- B) Es una Constitución pactada o de consenso. En su elaboración participaron y llegaron a consenso la mayoría de las fuerzas políticas representantes del pueblo español.
- C) Es una Constitución extensa. Ya que, además de los principios fundamentales relativos a la forma del Estado, a su organización y funcionamiento, y a los derechos, deberes y libertades individuales, contiene los preceptos relativos a la organización administrativa y judicial, derecho penal, etc. De hecho, es el texto constitucional más largo de todas las realizadas desde 1812, salvo la elaborada por las Cortes de Cádiz.
- D) Es una Constitución rígida. Su reforma requiere un procedimiento complejo y difícil, que exige mayorías cualificadas en las Cortes y que permite su ratificación a través de referéndum si lo solicita un pequeño grupo de diputados o senadores.
- F) Es una Constitución ideológica. Opta por un Estado social, democrático y de derecho.
Organización Territorial del Estado
El Título VIII recoge la organización territorial del Estado español en municipios, provincias y Comunidades Autónomas.