Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Deberes y Derechos Fundamentales
Clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 3,78 KB
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Conceptos Fundamentales
Constitución: Conjunto de normas que facilitan la convivencia social.
¿Quiénes la elaboran?: La Asamblea Nacional (los diputados), la Asamblea Nacional Constituyente (representante del pueblo).
Constituciones más destacadas: 1811, 1821, 1830, 1921, 1999.
Ley Habilitante: Derecho que le da la Asamblea Nacional al Presidente para que decrete en un tiempo determinado.
Decreto: Normas dadas por el Presidente que no están dentro de la Constitución Nacional.
Leyes Estadales - Ordenanzas: Norma que proviene del municipio, consejo municipal y el alcalde.
Gaceta Oficial: Escrito que proviene del gobierno donde se aprueban las leyes.
Interpretación de los Artículos
Deberes
Artículo 130: Los venezolanos tenemos el deber de honrar nuestros símbolos, proteger la soberanía, no difamar nuestra nación, etc.
Artículo 131: Tenemos el deber de respetar y obedecer las leyes de la Constitución y todo lo que digan los órganos del poder público.
Artículo 132: Tenemos el deber de cumplir nuestras responsabilidades y participar en lo político.
Artículo 133: Deber de pagar impuestos, tasas y lo que establezca la ley.
Artículo 134: Toda persona tiene el deber de prestar los servicios civil o militar para la defensa de nuestro país.
Derechos
Artículo 31: Toda persona tiene el derecho a exigir respeto a sus derechos humanos.
Artículo 43: Toda persona tiene derecho a la vida, la ley no podrá establecer la pena de muerte y los que son militares o civiles (servicio) protegerán a los ciudadanos.
Artículo 44: La persona no puede ser arrestada a menos que un juez lo haya decretado.
Artículo 46: Las personas tienen el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.
Artículo 47: Nadie podrá entrar al hogar de un ciudadano sin su consentimiento porque sino puede ser un delito.
Artículo 50: Toda persona tiene el derecho de circular libremente por el territorio nacional, mudarse de casa y sacar y meter sus bienes del país.
Artículo 52: Toda persona tiene el derecho de asociarse con fines lícitos, conforme a la ley.
Artículo 53: Toda persona tiene el derecho a reunirse, el gobierno no puede impedirlo si es en un lugar público, hay reglas.
Artículo 55: Toda persona tiene el derecho a la protección por parte del Estado.
Artículo 56: El derecho al nombre.
Artículo 57: Toda persona tiene derecho a expresar sus pensamientos, ideas, etc.
Artículo 59: El gobierno garantizará la libertad de religión y de culto de las personas.
Artículo 63: El derecho al sufragio, voto secreto, universal y directo.
Artículo 91: Los trabajadores tienen el derecho al salario (paga).
Artículo 97: Los trabajadores tienen el derecho a la huelga bajo las condiciones de la ley.
Artículo 103: Derecho a la educación, es obligatoria, se inicia en maternal y termina en bachillerato, los que no tienen dinero los meten en el público que es gratis.
Artículo 115: Toda persona tiene derecho a hacer lo que quiera con sus propiedades.