Constitución de Sociedades Mercantiles y Registros Públicos: Procedimientos y Requisitos Legales
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Registros Públicos en España: Concepto y Tipos
Los registros públicos son instituciones cuya finalidad principal consiste en dar publicidad y seguridad jurídica a diversos documentos, hechos, actos, contratos o resoluciones judiciales o administrativas. La principal ventaja de registrar un documento reside en la seguridad jurídica que otorga a terceros.
Tipos de Registros Relevantes
Registro de la Propiedad
En el Registro de la Propiedad, la inscripción es voluntaria y sirve para inscribir y dar publicidad a los bienes inmuebles y a los derechos que recaen sobre estos (como hipotecas, usufructos, etc.).
Registro Mercantil
En el Registro Mercantil deben inscribirse los sujetos que realicen una actividad mercantil (empresarios individuales, sociedades, etc.). Su función principal es el depósito de cuentas anuales y la inscripción de actos societarios.
Constitución de Sociedades Mercantiles: Documentación y Procesos
Documentación Necesaria para Constituir una Sociedad Mercantil
Para la constitución de una sociedad mercantil, se requiere la siguiente documentación:
- Solicitud de la certificación negativa del nombre (para asegurar la exclusividad de la denominación social).
- Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional de la sociedad.
- Otorgamiento de la escritura pública de constitución ante notario.
- Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).
- Inscripción en el Registro Mercantil y, si aplica, en registros especiales (por ejemplo, para actividades reguladas).
Proceso de Constitución de una Sociedad Mercantil: Tramitación Ordinaria
La tramitación ordinaria para la constitución de una sociedad mercantil implica los siguientes pasos:
- Certificación de denominación social: Se obtiene del Registro Mercantil Central, ya sea personalmente o a través del notario.
- Certificado de las aportaciones: Si la aportación de capital es en metálico, se necesita una certificación del ingreso bancario. Para aportaciones no dinerarias, se requiere un informe de experto independiente en algunos casos.
Trámites para el Otorgamiento de la Escritura
Para elaborar la escritura pública de constitución, se deberán proporcionar al notario todos los datos necesarios que han de contener la escritura y los estatutos sociales (objeto social, domicilio, capital, órganos de administración, etc.).
Trámites Posteriores al Otorgamiento de la Escritura
Una vez otorgada la escritura, se deben realizar los siguientes trámites:
- Obtención del NIF provisional de la sociedad.
- Liquidación del ITPAJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados).
- Inscripción de la escritura en el Registro Mercantil correspondiente.
- Obtención del NIF definitivo una vez la sociedad esté inscrita.
- Obtención de la copia autorizada de la escritura de constitución.
Proceso de Constitución de una Sociedad Mercantil: Tramitación Simplificada
La tramitación simplificada se aplica para la constitución de sociedades limitadas que cumplen con ciertos requisitos, principalmente que su capital social se encuentre entre 3.000 € y 30.000 €.
Especialidades Respecto al Procedimiento Ordinario:
- Al otorgar la escritura, se debe indicar al notario que los fundadores son personas físicas.
- Solicitud del NIF provisional de forma más ágil.
- El notario envía directamente una copia de la escritura al Registro Mercantil.
- Una vez inscrita la sociedad, el Registro Mercantil comunica la inscripción a la Agencia Tributaria, facilitando la obtención del NIF definitivo.
Proceso de Constitución de una Sociedad Mercantil: Tramitación Simplificada Abreviada
La tramitación simplificada abreviada se aplica a sociedades limitadas que, además de cumplir con los requisitos para la tramitación simplificada, concurran otros requisitos específicos:
- Que su capital social se encuentre entre 3.000 € y 3.100 €.
- Que adopten los estatutos tipo aprobados en el Real Decreto correspondiente.
Especialidades Respecto al Procedimiento Simplificado:
- Entrega al notario de los estatutos tipo preestablecidos.
- El plazo de inscripción registral se reduce significativamente a 7 horas desde la presentación de la escritura.