Constituciones Españolas de 1837 y 1812: Comparativa Histórica y Principios Fundamentales

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Análisis Comparativo de las Constituciones Españolas de 1837 y 1812

Constitución de 1837: Contexto y Características

2.1 Proceso Constituyente de 1837

Tras el motín de la Granja, la Regente se vio obligada a restablecer la Constitución de 1812. Se convocaron elecciones a Cortes Constituyentes, resultando en un triunfo electoral para el partido progresista.

Las nuevas Cortes designaron una comisión, presidida por Argüelles y con Olózaga como secretario, para elaborar las Bases para la reforma constitucional. Estas bases incluyeron:

  • El aligeramiento del texto de 1812.
  • La introducción del Bicameralismo.
  • El refuerzo de los poderes de la Corona.
  • Un sistema electoral directo para el Congreso de los Diputados.

La Constitución fue aprobada por las Cortes en 1837 y aceptada y jurada por la Reina Gobernadora.

Características del Texto Constitucional de 1837

Se trata de un texto que presenta las siguientes cualidades:

  1. Breve.
  2. Completo (regula los derechos y libertades, así como los poderes públicos).
  3. Flexible (no establece un procedimiento rígido para su reforma).
  4. Elástico.
  5. Transaccional.

2.2 Principios Políticos de la Constitución de 1837

Los pilares ideológicos de esta carta magna fueron:

  1. Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. Las Cortes no representaban la soberanía nacional en su totalidad, sino solo una parte de la población, y compartían la potestad legislativa con el Rey.
  2. División de poderes.
  3. Libertad individual.
  4. Tolerancia religiosa: Se estableció la obligación de mantener el culto y los ministros de la religión católica profesada por los españoles.

Constitución de 1812: La Pepa

5.1 Proceso Constituyente y Caracteres de la Constitución de 1812

Las Cortes nombraron una Comisión redactora del proyecto de Constitución. El trabajo constituyente se desarrolló durante todo el año 1811, y la Constitución fue promulgada finalmente en marzo de 1812.

Caracteres Distintivos de la Constitución de 1812
  • El texto resultante es muy extenso.
  • Presenta un talante racionalista.
  • Cierra la posibilidad de vuelta al absolutismo.
  • Incluye una ley electoral completa.
  • Contiene un Discurso preliminar, destacable por su extensión y por actualizar las leyes fundamentales españolas que habían sido violadas por el absolutismo.
  • Es un texto completo y bien ordenado.
  • Establece la División de poderes.

5.2 Principios Políticos de la Constitución de 1812

Los principios fundamentales establecidos fueron:

  1. Soberanía nacional y mandato representativo: Se instaura la democracia representativa, instrumentada mediante el sufragio universal. La soberanía reside en la nación, la cual es libre e independiente y no puede ser patrimonio de ninguna familia o persona. El Rey lo es por la gracia de Dios y de la Constitución, quedando obligado a guardarla y hacerla guardar.
  2. División de poderes:
    • La potestad legislativa reside en las Cortes con el Rey.
    • La potestad ejecutiva reside en el Rey.
    • La potestad judicial reside en los tribunales.
    La forma de gobierno definida es una Monarquía moderada.
  3. Principio de libertad (Derechos fundamentales):
    • Libertad y seguridad personales.
    • Inviolabilidad del domicilio.
    • Libertad de expresión del pensamiento.
    • Abolición de las penas de tormento, apremio y confiscación de bienes.
    • Derecho de sufragio.
  4. Principio de igualdad.
  5. Unidad religiosa y confesionalidad del Estado: Queda prohibido el ejercicio de toda religión distinta de la católica, apostólica y romana.

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