Consultas y Elaboración del Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico
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Artículo 19. Consultas y Elaboración del Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico
1. Consultas y Pronunciamientos
El órgano ambiental someterá el borrador del plan o programa y el documento inicial estratégico a consultas de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas, quienes se pronunciarán en el plazo de cuarenta y cinco días hábiles desde su recepción.
Transcurrido este plazo sin que se haya recibido el pronunciamiento, el procedimiento continuará si el órgano ambiental cuenta con elementos de juicio suficientes para elaborar el documento de alcance del estudio ambiental estratégico. En este caso, no se tendrán en cuenta los pronunciamientos antes referidos que se reciban posteriormente.
2. Requerimiento de Informes
Si el órgano ambiental no tuviera los elementos de juicio suficientes, requerirá personalmente al titular del órgano jerárquicamente superior de aquel que tendría que emitir el informe, para que, en el plazo de diez días hábiles, ordene al órgano competente la entrega del correspondiente informe en el plazo de diez días hábiles. El requerimiento efectuado se comunicará al órgano sustantivo y al promotor, y suspende el plazo previsto en el artículo 17.2.
3. Reclamación de Informes
En todo caso, el promotor podrá reclamar a la Administración competente la emisión del informe, a través del procedimiento previsto en el artículo 29.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Elaboración y Remisión del Documento de Alcance
Recibidas las contestaciones a las consultas, el órgano ambiental elaborará y remitirá al promotor y al órgano sustantivo el documento de alcance del estudio ambiental estratégico, junto con las contestaciones recibidas a las consultas realizadas.
5. Publicación del Documento de Alcance
El documento de alcance del estudio ambiental estratégico se pondrá a disposición del público a través de la sede electrónica del órgano ambiental y del órgano sustantivo.