Estados Contables Consolidados: Normativa y Métodos
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Consolidados: RT 8. Los estados consolidados constituyen información complementaria que debe presentarse adicionalmente a los estados básicos cuando así corresponda. Ellos comprenden 3 estados consolidados: ESP, ERDOS Y FLUJO. Deben integrarse, al igual que los estados básicos, con su información complementaria.
Art. 62: Toda sociedad controlante debe presentar estados contables consolidados confeccionados de acuerdo a esta norma. La RT 21 establece que los estados contables de todas las sociedades integrantes del grupo económico deben ser consolidados.
Grupo Económico
Conjunto de empresas que constituyen un ente económico distinto de sus integrantes, conformado por varias sociedades que conservan independencia jurídica y administrativa, pero obedecen a la empresa controlante que fija las políticas del grupo. Integrantes: sociedad controlante, controlada, participación minoritaria.
- Sociedades controlantes: es aquella que posee una o más sociedades controladas.
- Sociedad controlada: es aquella en que otra sociedad posee participación que le otorgue el control.
- Control: es el poder de definir y dirigir las políticas operativas y financieras de una empresa. La empresa inversora posee una participación que otorga votos necesarios para formar la voluntad social (más del 50%).
- Control conjunto: cuando la totalidad de los socios o los que posean la mayoría de votos, en virtud de acuerdos escritos, han resuelto compartir el poder de definir y dirigir las políticas operativas y financieras de una sociedad.
RT 21 establece cuándo no deben consolidarse:
- Control temporal: cuando la sociedad controlada haya sido adquirida y se mantenga exclusivamente para su venta o disposición dentro del plazo de un año.
- Control no efectivo: cuando la sociedad controlante no ejerce efectivamente el control o el mismo es restringido, por ejemplo, por convocatoria de acreedores en un proceso judicial.
- No recuperabilidad de la inversión.
Requisitos para la aplicación del método
a) Fecha de cierre y periodo de los estados contables que se consolidan: Los EECC de las sociedades integrantes del grupo económico deben ser preparados a la fecha de cierre de la sociedad controlante.
b) Moneda a emplear: Expresión en moneda homogénea.
c) Normas contables a emplear.
Métodos de Consolidación
- Método de consolidación total: es aquel que reemplaza los importes de la inversión en una sociedad controlada y la participación en sus resultados y en sus flujos de efectivo, expuestos en los estados contables individuales de la controlante, por la totalidad de los activos, pasivos, resultados y flujos de efectivo de la controlada, y refleja separadamente la participación minoritaria.
- Método de consolidación proporcional: es aquel que reemplaza los importes de la inversión en una sociedad bajo control conjunto y la participación en sus resultados y en sus flujos de efectivo, expuestos en los estados contables individuales de la controlante, por la proporción que le corresponde en los activos, pasivos, resultados y flujos de efectivo, los que se agrupan con lo de la controlante.
- Método de consolidación en una sola línea o método del VPP: la controlante refleja, en una única línea, su participación en el patrimonio neto y en los resultados de su controlada. En este método no se llega a constituir un estado consolidado, sino que este detalle solo corresponde a los estados individuales de la sociedad controlante.
Estados Proyectados
Forman parte de un “sistema presupuestario” y que se refiere a la comprensión de los efectos futuros de las decisiones que deben tomarse impostergablemente hoy. La función presupuestaria es una actividad fundamental dentro del gerenciamiento de las organizaciones. Los estados proyectados son: los 4 EECC.