Contestación de Demanda Laboral - Despido Injustificado
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CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
H. Junta Especial Número 3 de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Yucatán.
Licenciado Hector Euan Cab, mexicano, de 32 años de edad, casado, señalando domicilio para oír y recibir notificaciones en el predio ubicado en la calle 81, número 115, entre 73 y 75, de la colonia Centro, en Mérida, Yucatán, comparezco en los autos del juicio promovido por el señor Luis Roberto Romero Medrano en contra de “Frutitas y Verduritas S.A. de C.V.”, en el expediente número 78/2019, para exponer lo siguiente:
Por medio del presente memorial, doy contestación a la demanda, en los términos del artículo 878, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo, negándola por ser esencialmente falsos los hechos en los que pretende fundarla el actor, quien carece de acción para promoverla, ya que nunca fue despedido, siendo falso e inexistente el supuesto despido que menciona.
OTORGAMIENTO DE PODER
A su vez, acredito mi personalidad como representante legal de la empresa “Frutitas y Verduritas S.A. de C.V.”, por medio del presente otorgamiento de poder, en el cual, en los términos del artículo 692, fracciones I y II, de la Ley Federal del Trabajo, me faculta para que le asesore y represente en la presente Contestación de Demanda, quedando expresamente facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones, así como para comparecer a las audiencias que se señalen durante el procedimiento, afirmar, ratificar, modificar y ampliar la demanda, ofrecer pruebas, formular posiciones y, en general, representarle en la forma más amplia posible.
Habiendo acreditado mi personalidad, doy contestación a los hechos de la siguiente manera:
- El hecho marcado como PRIMERO: Se reconoce como cierto.
- El hecho marcado como SEGUNDO: Se reconoce como cierto.
- El hecho marcado como TERCERO: Se reconoce como cierto.
- El hecho marcado como CUARTO: Se reconoce como cierto.
- El hecho marcado como QUINTO: Es falso y se niega en todos sus términos, puesto que, reitero, el actor jamás fue despedido.
Por todo lo anteriormente expuesto se niegan las prestaciones que reclama de la siguiente manera:
- Se niega el pago de la Indemnización Constitucional toda vez que el actor jamás fue despedido.
- Se niega el pago de los Salarios Caídos toda vez que el actor jamás fue despedido.
- Se acepta el pago de Vacaciones, el cual se encuentra a disposición en las oficinas de la empresa, para que pase a buscarlo.
- Se acepta el pago de Aguinaldo, el cual se encuentra a disposición en las oficinas de la empresa, para que pase a buscarlo.
De igual forma, opongo las siguientes excepciones:
- Falsedad de la demanda.
- Improcedencia.
- Inexistencia del despido.
- Terminación voluntaria del trabajo por parte del actor.
- Oscuridad en los términos expuestos.
- Sin derecho para reclamar.
- Falsedad de hechos.
- Prescripción.
- Recisión.
Por lo previamente manifestado, y de la manera más atenta, a esta Junta pido:
Primero:
Tenerme por presentado en tiempo y forma presentando la Contestación de la demanda.
Segundo:
Tener por reconocida, por medio del presente memorial, la personalidad con la que comparezco.
Tercero:
Tener por señalado el domicilio indicado para oír notificaciones.
Cuarto:
Córrase traslado a la demandada con la copia simple que acompaño, notificándola y emplazándola para la audiencia de Ley a que se refiere el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo, en el domicilio señalado.
Protesto lo necesario en la ciudad de Mérida, Yucatán, a los 22 días del mes de marzo del año 2019.
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Firma
Héctor Euan Cab