Contratación Administrativa: Características y Elementos
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Características de la contratación administrativa
Es un acto bilateral. Contratante particular, puede ser persona natural o jurídica. Los contratos administrativos pueden tener por objeto una obra o servicio público o cualquier otra prestación pero que tenga siempre por finalidad la satisfacción de estas necesidades generales o colectivas.
Existe una desigualdad en el contrato administrativo. Los contratos administrativos se rigen por normas especiales. Las formalidades para la validez y eficacia de un contrato administración la ley exige el cumplimiento de ciertas formalidades o procedimientos. Someterse a un procedimiento especial de contratación que es la licitación pública.
Prerrogativas de la administración
La administración siempre tiene una superioridad con respecto al contratante, y esta desigualdad se traduce en las potestades exorbitantes.
- Potestad de dirección: consiste en la facultad que tiene la administración de influir en el modo de ejecutar el contrato.
- Potestad de inspección: consiste en la facultad o poder de la administración de fiscalizar y recabar la información necesaria de la contraparte sobre las materias vinculadas sobre el cumplimiento del contrato.
- Potestad sancionatoria: es la capacidad de la administración de establecer multas frente a incumplimientos.
- Facultad de modificación: siempre la administración según las razones de interés público puede varias modificaciones al contrato.
Elementos
Las partes
Ministerio de obra pública: organismo competente para realizar todas las acciones necesarias para el contrato de obra pública.
El concesionario: puede ser una persona natural o jurídica, chilena o extranjera.
La forma: se distinguen 3 etapas
Preparación: consiste en un conjunto de actos necesarios para realizar una convocatoria a los particulares a contratar con la administración, esta a su vez tiene 2 etapas y son:
- Proposición: es la oferta o iniciativa de un proyecto que hace un privado a la administración. El ministerio tiene un plazo de 1 año para calificar las ofertas, si se aprueba la oferta, en ese instante inicia la etapa del desarrollo de la licitación y dentro de 1 año debe licitarla y el proponente pasa a ser postulante.
- Elaboración de las bases: aprobadas y autorizadas por el ministerio de obras públicas.