Contrato Administrativo de Obras Públicas: Procedimiento, Adjudicación y Ejecución

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Procedimiento del Contrato Administrativo de Obras

1. Elaboración del Proyecto

Esta fase comprende la creación de los siguientes documentos:

  • Memorias
  • Planos de información
  • Pliegos de prescripciones técnicas
  • Estado de mediciones
  • Presupuestos
  • Programa de desarrollo de los trabajos en tiempo y coste
  • Referencias de replanteo
  • Estudio de seguridad y salud
  • Estudio de impacto ambiental
  • Proyecto de licencia ambiental

2. Aprobación del Proyecto y Replanteo

Una vez aprobado el proyecto, y antes de tramitar el expediente de contratación, se debe comprobar sobre el terreno la viabilidad de la obra, la realidad geométrica y la plena disponibilidad de los terrenos.

3. Pliego de Cláusulas Administrativas Generales y Particulares

Estos documentos recogen las relaciones jurídicas entre las partes, así como los derechos y obligaciones de las mismas. Constituyen la base del contrato de adjudicación de la obra pública.

Procedimiento del Contrato Administrativo de Obra Pública: Formas de Adjudicación

Existen tres formas principales de adjudicación:

  1. Procedimiento abierto: Cualquier empresario puede presentar una proposición.
  2. Procedimiento restringido: Solo pueden presentar proposiciones aquellos empresarios seleccionados expresamente por la administración previa solicitud.
  3. Procedimiento negociado: Se adjudicará al empresario elegido por la administración.

Procedimiento del Contrato Administrativo de Obra Pública: Subasta y Concurso

Tanto en el procedimiento abierto como en el restringido, la adjudicación puede llevarse a cabo por subasta o por concurso.

  • Subasta: Se basa en un tipo expresado en dinero, con adjudicación al licitador que, sin exceder de aquel, oferte el precio más bajo.
  • Concurso: La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la solicitud más ventajosa.

Ejecución del Contrato de Obras

La ejecución del contrato tendrá lugar en el plazo previsto. La fecha de inicio no será posterior a un mes. La ejecución del contrato se sujetará estrictamente al pliego de cláusulas administrativas.

Obligaciones del Contratista

  • Presentar un programa de trabajo
  • Ejecutar las obras
  • Ejecutar el contrato
  • Demoler las obras defectuosas
  • Deber de indemnizar a terceros por los daños causados
  • Cumplir los plazos fijados
  • Responder por vicios ocultos

Recepción de las Obras

  1. Dos meses antes de la fecha prevista de finalización, se comunica a la administración.
  2. Finalizada la obra, la dirección facultativa suscribe el certificado o acta de fin de obra.
  3. En el plazo de 30 días desde dicho certificado o acta, el órgano de contratación fija la fecha de recepción.

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