Todo sobre el Contrato de Trabajo en Argentina: Remuneración, SAC y Más

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Contrato de Trabajo: Definición y Características

Concepto

Según el artículo 21 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744: "Habrá contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración. (...) "

Características del Contrato de Trabajo

  • Bilateral: Intervienen dos partes, empleador y empleado, que se obligan recíprocamente.
  • Consensual: El contrato expresa el consentimiento de las partes en los temas que se han pactado.
  • Oneroso:No es un contrato gratuito. Se pacta una remuneración que compense el esfuerzo del trabajo.
  • No formal: Según el texto de la ley, puede ser en forma verbal. Sin embargo, hoy en día se recomienda o prefiere la forma solemne, es decir, por escrito.

La Remuneración

Llamamos remuneración tanto al sueldo como al salario. Puede definirse el salario como la contraprestación o contrapartida que percibe el trabajador del empresario por la ejecución del trabajo por cuenta ajena.

El empresario puede abonar el salario al trabajador de dos formas diferentes:

  • Retribución dineraria: Ya sea en dinero en efectivo o a través de entidades de crédito.
  • Retribución en especie: En ocasiones, la retribución del trabajador consiste en la entrega o concesión de determinados bienes o beneficios, como la utilización de vivienda o vehículo para desplazamiento. El límite máximo es de un 30%.

Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM)

Es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsiones.

Tienen derecho al SMVM todos los trabajadores mayores de 18 años. El salario mínimo se expresará en montos mensuales, diarios u horarios. Las remuneraciones son inembargables (no se pueden tomar, quitar) hasta el importe del salario mínimo vital.

Salario Anual Complementario (SAC) o Aguinaldo

Se lo designa en la práctica con la denominación de aguinaldo y corresponde a una doceava parte de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto durante el semestre calendario. Se abona el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año o en el momento en el que se produce la extinción del contrato; en este caso, su cuantía será proporcional al tiempo trabajado.

Premios

En la práctica, suelen fijarse pagos especiales que se gradúan en función de determinadas circunstancias, por ejemplo: haber superado un nivel de producción, no haber tenido ausencias ni llegadas tarde, etc. Se adicionan al básico y otros plus. Da derecho al trabajador a percibir estos premios, de acuerdo con las bases determinadas, pero no una cantidad fija, a menos que así se haya establecido.

Gratificaciones

Constituye salario (ya que su causa jurídica corresponde a la prestación de servicios) que abona voluntariamente el empleador, a veces en relación con determinados acontecimientos, por ejemplo: aniversario de la empresa, balance, fin de año.

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