Contrato de Clientela y Devotio Ibérica: Instituciones Jurídicas en la Hispania Antigua

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Contrato de Clientela en la Hispania Antigua

El contrato de clientela era un acuerdo entre particulares, a diferencia del hospedaje, que se establecía entre comunidades. Se caracterizaba por una desigualdad inherente entre las partes: una más poderosa, el patrón, y otra más débil, el cliente.

Esta desigualdad se manifestaba en las consecuencias del contrato: los derechos y deberes de las partes no eran iguales, ni tampoco había equivalencia en las prestaciones.

Derechos y Deberes en el Contrato de Clientela

  • Patrón: Otorgaba protección material al cliente y a su familia. Esto incluía alimentos, vestuario, vivienda, utensilios de trabajo y, lo más importante, el uso y goce gratuito de la tierra.
  • Cliente: Prestaba servicios al patrón, de diversa naturaleza, como agricultura, ganadería y, en ocasiones, servicio militar.

La clientela surgía, por lo general, cuando el patrón y el cliente pertenecían a comunidades distintas. Se regía por el derecho del más poderoso, es decir, el del patrón, y los derechos ajenos eran diferentes.

La Devotio Ibérica: Clientela Militar y Juramento Sagrado

La devotio ibérica era una forma de clientela de carácter militar, una institución jurídica indígena hispánica que los romanos incorporaron a su derecho. Un ejemplo claro se encuentra en los guerreros que iban a la batalla.

El Juramento de Fidelidad según Estrabón

Según Estrabón, cuando la clientela era militar, incluía un juramento de fidelidad que el cliente prestaba a su patrón. Este juramento se realizaba ante los dioses, asumiendo un compromiso con ellos como testigos.

El ritual consistía en:

  1. El patrón y el cliente, en público, colocaban un altar de piedra con fuego encendido.
  2. El cliente ponía su mano en el fuego, ofreciendo su vida a los dioses.
  3. Se comprometía a luchar con valentía, valor y dignidad, cumpliendo sus obligaciones.

Si el patrón moría, el cliente era considerado indigno, y se le culpaba de ello.

Numancia (133 a.C.): Roma arrasó con la ciudad y descubrió los contratos de clientela. Observaron similitudes con el juramento que los soldados romanos hacían al ingresar a una legión, donde juraban dar su vida, probablemente influenciados por la costumbre hispana.

Instituciones Jurídicas de los Pueblos Indígenas en Hispania según Estrabón

Vacceos: Sistema de Propiedad Comunitaria

Los vacceos, ubicados al norte de Castilla, tenían un sistema de propiedad comunitaria de la tierra, según Estrabón. Solo los bienes muebles podían ser de propiedad particular.

Funcionamiento del sistema:

  • Las tierras de cultivo se dividían en parcelas.
  • Cada año, estas parcelas se sorteaban públicamente entre todas las personas con buena salud, quienes estaban obligadas a participar.
  • Una vez cosechado el producto, se entregaba a la autoridad.
  • La autoridad distribuía los productos según la necesidad, incluyendo a viudas, enfermos y ancianos.

Se castigaban duramente conductas como la ocultación del trabajo o de la producción. La reincidencia podía acarrear incluso la pena de muerte. Algunos autores consideran este sistema como protocomunista.

Cántabros: Ginecocracia y Costumbres Particulares

Los cántabros, en la costa atlántica (actual Cantabria), se organizaban bajo un sistema matriarcal, una ginecocracia (gobierno de mujeres), según Estrabón.

Características y consecuencias:

  • La mujer tenía un papel preponderante, con gran fuerza y realizando trabajos duros a la par del varón.
  • La mujer heredaba y administraba los bienes familiares.
  • El matrimonio requería la autorización de la madre de la mujer y de la madre o hermana del hombre.
  • El hombre aportaba la dote (los bienes) al matrimonio, pero la mujer los administraba.
  • Los varones ancianos se suicidaban por un precipicio para no ser una carga.

El Cavado: Ritual de Reconocimiento de la Paternidad

Existía una costumbre llamada cavado, una simulación ritual que se realizaba cuando una mujer iba a tener un hijo:

  • El marido (padre del niño) debía estar cerca de ella, cuidándola, a la vista de su familia.
  • Dos días previos al parto, el varón simulaba los malestares de la esposa y guardaba cama.

Este ritual servía para reconocer la paternidad, estableciendo los derechos y deberes paternos y eliminando cualquier duda sobre la legitimidad del hijo.

Nota: Se menciona que alguien falleció el 4 de abril de 1284 en Sevilla, pero no se especifica quién. Esta información queda descontextualizada del resto del documento.

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