Contrato de Trabajo: Derechos, Obligaciones y Convenios Colectivos
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El Contrato de Trabajo: Acuerdo y Condiciones de la Relación Laboral
El contrato de trabajo es el acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que ambas partes manifiestan el comienzo de una relación laboral y las condiciones de esta.
Condiciones para la Existencia de un Contrato de Trabajo
Existe contrato de trabajo cuando concurren estas condiciones:
- Voluntariedad: El servicio será libre y voluntario.
- Ajenidad: Todos los gastos corren a cargo de la empresa; el trabajador no tendrá pérdidas ni ganancias.
- Subordinación o dependencia: El trabajador presta su servicio dentro de la organización y dirección de la empresa.
- Remuneración: No existe relación de trabajo si no hay retribución.
Actividades en el Ámbito del Derecho Laboral
Relaciones Excluidas
- Funcionarios públicos.
- Prestaciones personales obligatorias.
- Personal de alta dirección.
Relaciones Especiales
- Deportistas profesionales.
- Personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
- Abogados en despachos profesionales.
Fuentes del Derecho Laboral
- Normativa de la Unión Europea.
- Constitución Española.
- Convenios y tratados internacionales.
- Disposiciones legales.
- Reglamentos.
- Convenios colectivos.
- Contratos de trabajo.
- Usos y costumbres locales y profesionales.
Jerarquía Normativa Laboral
- Disposiciones legales y reglamentarias del Estado.
- Convenios colectivos.
- Voluntad de las partes, manifestada en el contrato de trabajo.
- Usos y costumbres locales y profesionales.
El Convenio Colectivo
Son acuerdos libremente negociados entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios en los que se establecen las condiciones de trabajo y de productividad en un ámbito laboral para un periodo de tiempo.
Reglas de Aplicación del Convenio Colectivo
Se aplicará, por orden de prioridad:
- Convenio colectivo de empresa.
- Convenio colectivo de su actividad de ámbito provincial (si no existe el anterior).
- Convenio colectivo de su actividad de ámbito autonómico (si no existe el anterior).
- Convenio colectivo de ámbito nacional (si no existe el anterior).
Sujetos del Contrato de Trabajo
La relación jurídica se establece entre el trabajador y el empresario, quienes contraen derechos y obligaciones.
- El trabajador: Persona física que presta voluntariamente un servicio retribuido por cuenta ajena a la dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empresario.
- El empresario: Puede ser una persona física, jurídica o una comunidad de bienes.
Elementos y Forma del Contrato de Trabajo
- Consentimiento: Es la manifestación de la voluntad de las partes de celebrar el contrato.
- Objeto: Comprende la prestación laboral del trabajador y la contraprestación salarial del empresario.
- Causa: Es la cesión remunerada de los bienes y servicios producidos.