Contrato de Trabajo: Derechos, Obligaciones y Convenios Colectivos

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El Contrato de Trabajo: Acuerdo y Condiciones de la Relación Laboral

El contrato de trabajo es el acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que ambas partes manifiestan el comienzo de una relación laboral y las condiciones de esta.

Condiciones para la Existencia de un Contrato de Trabajo

Existe contrato de trabajo cuando concurren estas condiciones:

  • Voluntariedad: El servicio será libre y voluntario.
  • Ajenidad: Todos los gastos corren a cargo de la empresa; el trabajador no tendrá pérdidas ni ganancias.
  • Subordinación o dependencia: El trabajador presta su servicio dentro de la organización y dirección de la empresa.
  • Remuneración: No existe relación de trabajo si no hay retribución.

Actividades en el Ámbito del Derecho Laboral

Relaciones Excluidas

  • Funcionarios públicos.
  • Prestaciones personales obligatorias.
  • Personal de alta dirección.

Relaciones Especiales

  • Deportistas profesionales.
  • Personas con discapacidad en centros especiales de empleo.
  • Abogados en despachos profesionales.

Fuentes del Derecho Laboral

  • Normativa de la Unión Europea.
  • Constitución Española.
  • Convenios y tratados internacionales.
  • Disposiciones legales.
  • Reglamentos.
  • Convenios colectivos.
  • Contratos de trabajo.
  • Usos y costumbres locales y profesionales.

Jerarquía Normativa Laboral

  1. Disposiciones legales y reglamentarias del Estado.
  2. Convenios colectivos.
  3. Voluntad de las partes, manifestada en el contrato de trabajo.
  4. Usos y costumbres locales y profesionales.

El Convenio Colectivo

Son acuerdos libremente negociados entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios en los que se establecen las condiciones de trabajo y de productividad en un ámbito laboral para un periodo de tiempo.

Reglas de Aplicación del Convenio Colectivo

Se aplicará, por orden de prioridad:

  1. Convenio colectivo de empresa.
  2. Convenio colectivo de su actividad de ámbito provincial (si no existe el anterior).
  3. Convenio colectivo de su actividad de ámbito autonómico (si no existe el anterior).
  4. Convenio colectivo de ámbito nacional (si no existe el anterior).

Sujetos del Contrato de Trabajo

La relación jurídica se establece entre el trabajador y el empresario, quienes contraen derechos y obligaciones.

  • El trabajador: Persona física que presta voluntariamente un servicio retribuido por cuenta ajena a la dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empresario.
  • El empresario: Puede ser una persona física, jurídica o una comunidad de bienes.

Elementos y Forma del Contrato de Trabajo

  • Consentimiento: Es la manifestación de la voluntad de las partes de celebrar el contrato.
  • Objeto: Comprende la prestación laboral del trabajador y la contraprestación salarial del empresario.
  • Causa: Es la cesión remunerada de los bienes y servicios producidos.

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