Contrato Laboral en España: Requisitos Clave para Empleadores y Trabajadores

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Aspectos Fundamentales del Contrato Laboral en España

El Empresario y el Trabajador: Requisitos y Capacidades

El Empresario

El empresario puede ser cualquier persona física mayor de 18 años y con capacidad de obrar plena que contrate a un trabajador.

Quiénes Pueden Ser Contratados

Pueden ser contratadas todas aquellas personas mayores de 16 años que no se hayan visto privadas de su capacidad de obrar por medio de una sentencia judicial.

En el caso de los menores de 16 años, y previa autorización de los padres o tutores y del organismo competente, se les permite participar en espectáculos públicos siempre y cuando su intervención no suponga un peligro para su integridad física y psicológica.

Es importante destacar que los menores de 18 años tienen restricciones laborales específicas:

  • No podrán trabajar en horario nocturno (cuando al menos tres horas de la jornada de trabajo se desarrollen entre las diez de la noche y las seis de la mañana).
  • No podrán realizar horas extraordinarias.
  • No podrán prestar servicios en puestos de trabajo declarados insalubres, penosos o nocivos que puedan afectar de forma directa o indirecta a su desarrollo.

El Contrato Laboral: Forma, Tipos y Contenido Esencial

¿Cómo Debe Ser un Contrato Laboral?

Los contratos de trabajo pueden celebrarse tanto por escrito como de forma oral. Existirá un contrato de trabajo cuando haya un acuerdo entre trabajador y empresario por el que se presten unos servicios bajo la dirección y organización de este último, a cambio de una retribución económica.

No obstante, los siguientes contratos deberán constar siempre por escrito y en el modelo oficial:

  • Los contratos en prácticas.
  • Los contratos para la formación.
  • Los contratos a tiempo parcial, fijo-discontinuo y de relevo.
  • Los contratos por obra o servicio determinado y los contratos de inserción.
  • Los contratos de los trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.
  • Los contratos temporales cuya duración sea superior a 4 semanas.

Si un contrato no se celebra por escrito cuando es obligatorio, se entenderá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa.

Apartados Esenciales de un Contrato Escrito

Todo contrato de trabajo celebrado por escrito deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados:

  • Datos de la empresa y del trabajador.
  • Fecha de inicio de la relación laboral y su duración.
  • Tipo de contrato que se celebra.
  • Objeto del contrato, es decir, las funciones (categoría profesional) que va a desempeñar el trabajador en la empresa.
  • Las condiciones en las que se va a prestar el servicio, tales como el lugar (centro de trabajo), los días de la semana y el horario.
  • El periodo de prueba, si lo hubiera.
  • La duración de las vacaciones.
  • La remuneración (salario).
  • El convenio colectivo aplicable.

Una vez redactado, el contrato debe ser firmado por ambas partes y presentado en la Oficina del INEM (actualmente SEPE) correspondiente.

Validez del Contrato de Trabajo

El contrato no tendrá validez, aunque se cumplan todos los requisitos formales y de contenido expuestos, si se celebró con falta de consentimiento, bajo coacciones o amenazas. Tampoco será válido en el caso de que el contrato tuviese por objeto la realización de servicios imposibles o ilegales.

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