Contrato de Leasing y Distribución: Características, Obligaciones y Diferencias

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Contrato de Leasing: Definición y Características

El leasing es un contrato por el cual un dador entrega la tenencia de una cosa a un tomador para su uso y goce, a cambio del pago de un canon. El tomador tiene también la opción de compra por un precio determinado o determinable.

Tipos de Objetos en el Contrato de Leasing

  • Cosas muebles, registrables o no.
  • Inmuebles.
  • Patentes o modelos industriales.
  • Software.

Canon y Opción de Compra

El monto y la periodicidad del canon, así como el precio de la opción de compra, son determinados por la autonomía de las partes.

Modalidades de Elección del Bien

  • Que el bien sea comprado por el dador a la persona que el tomador indique.
  • Que el bien sea comprado por el dador de acuerdo a especificaciones que el tomador haya indicado.
  • Que el bien sea propiedad del dador con anterioridad.

Responsabilidad Objetiva

El dador, quien es el dueño de la cosa hasta el ejercicio de la opción de compra, queda eximido de la responsabilidad objetiva por los daños causados por el vicio o riesgo de la cosa.

Incumplimiento del Dador

El dador tiene la prohibición de vender o gravar el bien objeto del contrato. El tomador tiene el derecho de uso y goce de la cosa, pero no la puede vender, gravar o disponer de ella de ninguna forma. El dador puede ejercer la acción de revocatoria ante cualquier tercero que se encuentre en posesión del bien.

Ejecución de Inmuebles

Frente al incumplimiento de pago del canon, se puede secuestrar inmediatamente el bien, demostrando que se ha interpelado al tomador dándole un plazo para el pago.

Derecho del Tomador a ser Propietario

  • Si así se dispone por resolución firme en un proceso en que intervino el dador.
  • Cuando el dador preste conformidad para ello.
  • Cuando lo solicite el tomador luego de vencido el plazo establecido por el contrato para el ejercicio de la opción de compra.

Contrato de Distribución: Definición y Características

El contrato de distribución es un contrato atípico, bilateral, no formal, oneroso, de tracto sucesivo, de empresa, intuitu personae y consensual. Por este contrato, una de las partes (productor o distribuidor) delega a otra (distribuidor) la colocación masiva de los bienes producidos por aquel a través de su propia organización en una zona geográfica determinada, a cambio de un porcentaje del precio o comisión.

Relación entre Distribuidor y Fabricante

No existe vínculo de dependencia ni subordinación alguna entre distribuidor y fabricante. Aunque predomina el vínculo del fabricante sobre el distribuidor, el cual impone la mayoría de las condiciones. El distribuidor tiene responsabilidad propia ante terceros por prestación defectuosa de un servicio o vicio en la cosa objeto del contrato, ya que es su obligación verificar el estado de las mercaderías que recibe del fabricante.

Obligaciones del Fabricante

  • No designar otros distribuidores en la zona.
  • Enviar la cantidad, calidad y en la fecha acordada los productos que elabora y que son objeto del contrato.

Obligaciones del Distribuidor

  • No transferir el contrato.
  • Verificar el estado de las mercaderías.
  • No excederse de la zona delimitada.
  • Vender conforme al precio y cantidad establecida.

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