Contrato de Trabajo y Relaciones Laborales: Aspectos Clave

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El Contrato de Trabajo: Aspectos Clave

El contrato de trabajo es un acuerdo fundamental en el ámbito laboral, donde se manifiesta la voluntad de las partes involucradas: el empresario y el trabajador. Se define como el acuerdo entre dos personas, por el cual una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar determinados servicios bajo la dirección del empresario, recibiendo a cambio una retribución.

Capacidad para Contratar

Según el Estatuto de los Trabajadores, tanto el trabajador como el empresario tienen capacidad para celebrar un contrato de trabajo.

Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo

  • Consentimiento: Se otorga de mutuo acuerdo entre las partes.
  • Objeto: Es la actividad que realiza el trabajador, la cual es remunerada a través del salario.
  • Causa: Es la cesión remunerada de los frutos que resultan del trabajo a cambio de una retribución.

Periodo de Prueba

El periodo de prueba es un tiempo de duración determinada, que pueden pactar el empresario y el empleado. El objetivo es que ambas partes comprueben la conveniencia de la contratación. La duración máxima varía:

  • Técnicos titulados: 6 meses.
  • Demás trabajadores: 2 meses.

Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) es aquella cuya actividad consiste en poner a disposición de otra empresa, llamada empresa cliente o usuaria, y con carácter temporal, a trabajadores para su contratación.

La Jornada Laboral y Otros Aspectos Relevantes

Jornada Laboral

La jornada laboral es el tiempo diario, semanal, mensual o anual que el trabajador dedica a la ejecución de su actividad laboral. La duración máxima legal es de cuarenta horas semanales.

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Su finalidad es garantizar parcialmente a los trabajadores los salarios y las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral pendientes de pago.

Jornada Nocturna

Se considera jornada nocturna la realizada entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. Se considera trabajador nocturno aquel que trabaje al menos 3 horas diarias en horario nocturno. El trabajo nocturno tendrá una retribución específica.

Horas Extraordinarias

Las horas extraordinarias son cada hora de trabajo efectivo que se realice sobrepasando la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo. El máximo legal es de 80 horas al año.

Vacaciones

Todos los trabajadores tienen derecho a un periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica. La duración mínima es de 30 días naturales. Se fijarán de común acuerdo, y el trabajador tiene derecho a conocer el periodo de disfrute con 2 meses de antelación.

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