El Contrato de Trabajo y la Seguridad Social en España
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El Contenido del Contrato de Trabajo
– Identificación de las partes – Grupo profesional del puesto de trabajo – Centro de trabajo – Duración y distribución de la jornada – Fecha de comienzo – Periodo de prueba – Salario, complemento y periocidad de pago – Duración de las vacaciones – Legislación aplicable – Cláusulas adicionales.
Periodo de Prueba
Duración del periodo de prueba:
- Para los técnicos titulados son 6 meses
- Para los demás trabajadores son 2 meses
- Para los contratos en prácticas son 2 meses para titulados de grado superior y un mes para grado medio.
- Contrato indefinido de apoyo a emprendedores: 1 año
- Contratos temporales de hasta 6 meses: 1 mes máximo.
Consecuencia
Los únicos derechos que no se tienen durante el periodo de prueba son los derivados de la extinción del contrato.
Afiliación y Alta del Trabajador en la Seguridad Social
Cuando se contrata a un trabajador, la empresa debe proceder a dar de alta a la Seguridad Social y, si no hubiera trabajado nunca, deberá solicitar la afiliación. Ambos trámites se deben realizar antes de que comience la prestación. También se debe comunicar al SEPE en los 10 días hábiles a través de las siguientes vías: a través de la oficina de empleo y por medios telemáticos a través de Contrat@.
La Seguridad Social en España
Tiene como finalidad garantizar a los trabajadores y a sus familiares la protección adecuada en situaciones como enfermedad, accidente u orfandad.
Principios básicos del sistema de la Seguridad Social:
- Contributividad
- Universalidad
- Solidaridad
- Equidad e igualdad de derechos
- Suficiencia
- Unidad de caja
Modalidades de Prestaciones de la Seguridad Social
Contributiva:
Integra a los trabajadores, tanto españoles como extranjeros residentes legalmente en España, que ejerzan una actividad profesional.
No contributiva:
Incluye a personas que se encuentren en estado de necesidad, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar prestaciones.
Regímenes que Integran la Seguridad Social
Régimen General:
Todo trabajador español o extranjero que trabaje habitualmente en territorio nacional por cuenta ajena y que no esté incluido en algún régimen especial.
Régimen Especial:
Autónomos, trabajadores del mar, mineros, funcionarios, estudiantes.