Contrato de Seguro: Cobertura de Riesgos e Indemnizaciones
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Contrato de Seguro
Regulación jurídica
El contrato de seguro se encuentra regulado por la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Cada contrato de seguro cubre solo determinados riesgos, por lo que es fundamental determinar, individualizar y delimitar el riesgo en cuestión. Por ejemplo:
- El riesgo asegurado en un contrato de seguro de un coche.
- El riesgo asegurado en una vivienda, etc.
En principio, cualquier bien o interés puede ser asegurado. También es importante la valoración del daño, porque si bien al asegurar un bien tangible podemos conocer su valor, existen cuestiones más complejas de cuantificar, como en el caso de un seguro de vida. En este caso, el valor asegurado dependerá de la cantidad que el tomador esté dispuesto a pagar.
Baremo de los accidentes de tráfico
Para cuantificar la valoración de daños y perjuicios difíciles de medir económicamente de cara a la indemnización, contamos con la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Esta ley establece de forma objetiva, mediante tablas, una relación entre los daños causados y su correspondiente indemnización. Así, cada secuela tiene una valoración de 0 a 100 puntos en función de su gravedad, y utilizando la tabla se puede determinar la indemnización que corresponde.
Concepto
El artículo 1 de la Ley de Contrato de Seguro 50/1980 define el contrato de seguro como aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Características
- La primera y definitoria es que se trata de un contrato aleatorio. Esto significa que, en el momento de la celebración, las partes ignoran si se va a producir el evento que es objeto de cobertura y, en caso de producirse, no se sabrá el contenido de las prestaciones económicas.
- Es un contrato siempre oneroso para ambas partes: una paga la prima y la otra paga la indemnización (en caso de accidente, enfermedad, fallecimiento, robo, etc.).
- Es un contrato de duración continuada.
- Normalmente es un contrato de adhesión. Esto quiere decir que la entidad aseguradora redacta previamente las condiciones generales sin que exista una negociación con el tomador del seguro, quien puede aceptar o no dichas condiciones.