El Contrato de Seguro: Elementos, Tipos y Características

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El Contrato de Seguro

Asegurador y Aseguradora

Asegurador: Obligado a cubrir el riesgo asegurado (pago de las prestaciones).

Aseguradora: Entidad especializada que crea un fondo común destinado a cubrir el pago de los siniestros que se vayan produciendo. Solo pueden acceder a la actividad aseguradora las entidades privadas que adopten forma de mutua, mutua de previsión social, S.A. o S. cooperativa.

Las mutuas, mutuas de previsión social, cooperativas y mutualidades pueden actuar a prima fija o a prima variable. (La derrama es activa cuando el mutualista es uno de los indemnizados y la derrama es pasiva cuando el mutualista no ha sufrido el siniestro).

Las S.A. siempre deben hacerlo a prima fija.

Consorcio de Compensación de Seguros

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Economía y Empresa a través de la DGS y Fondos de Pensiones, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Tiene patrimonio propio, distinto al del Estado, y en su actividad no depende de ningún presupuesto público. Su máximo órgano decisorio es el Consejo de Administración, presidido por el DGS y Fondos de Pensiones, está compuesto por 14 miembros, 7 altos directivos de entidades aseguradoras privadas y los otros 7 altos cargos de la Administración.

Condiciones de Riesgos Asegurables

  • Medible
  • Concreto
  • Fortuito e inevitable
  • Económico
  • Lícito
  • Incierto y aleatorio

Prima

Prima: Precio del seguro que paga el tomador del seguro al asegurador.

Prima = (probabilidad de suceso x suma asegurada) + gastos + margen de beneficio

Elementos Personales

En Seguros de Personas

  1. Asegurador
  2. Tomador del seguro: Persona física o jurídica que firma la póliza (contrata la póliza y paga)
  3. Asegurado: Persona física o jurídica cuyos bienes o cuya persona están expuestos al riesgo y lo tienen cubierto por una póliza de seguros.
  4. Beneficiario: Persona designada por el tomador del seguro (recibe la indemnización de la entidad aseguradora)

En Seguros de Daños (Objetos o Patrimonio)

  1. Objeto asegurado: Aquel expuesto a un riesgo.
  2. Interés asegurado: Es la relación económica del asegurado con el objeto que se asegura.
  3. Suma asegurada: Límite máximo de la indemnización a pagar por el asegurador.

INDEM = (Valor asegurado / Valor real) x Daños

Préstamos

Periodo; Cuota p; Interés; A; M; Ck

Leasing

Periodo; a; Ik; Ak; Mk; Ck; IVA; TOTAL

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