Contrato de Servicios Profesionales: Contabilidad, Fiscalidad y Gestión Laboral
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
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Reunidos
De una parte:
Dña. Consuelo Tolmo Valiente, mayor de edad, con domicilio en Paiporta, Calle Santa Ana, 25-BJ, con DNI 05108778-H, en concepto de Arrendadora.
Y de otra:
D. Juan Manuel Simarro Lucas, mayor de edad, con DNI nº 29157876V, administrador de la sociedad Valenciana de Tramits, S.L., con CIF B97707061 y domicilio en Valencia, calle Pobla Llarga nº 3 BJ, en concepto de Arrendatario.
Intervienen ambos en su propio nombre y derecho, reconociéndose la mutua capacidad legal necesaria para otorgar el presente contrato de arrendamiento de servicios, de acuerdo con las siguientes:
Manifiestan
Que la arrendadora, Dña. Consuelo Tolmo Valiente, administradora de la mercantil Tolmo Joyeros, S.L., con domicilio social en Paiporta y CIF B96674577, contrata los servicios profesionales del arrendatario, D. Juan Manuel Simarro Lucas, en adelante Valtramits, S.L., en calidad de profesional de servicios de contabilidad, fiscalidad y gestión laboral. Convienen la formalización del presente contrato de arrendamiento de servicios, al amparo del art. 1544 del Código Civil, que se regirá por las siguientes:
Estipulaciones
Primera. - Objeto
El arrendatario se compromete a realizar los siguientes servicios:
- Servicios profesionales de contabilidad, fiscalidad, asesoramiento y gestión laboral.
Los servicios objeto de este contrato serán realizados a partir del 01 de noviembre de 2009, con una duración indefinida.
Segunda. - Tarifas
El precio estipulado para la prestación de los servicios profesionales es la cantidad que figura en las tarifas anexas al presente contrato, que serán abonadas de la siguiente forma: pagos mensuales o trimestrales, dentro de los primeros cinco días de cada mes.
El precio pactado podrá ser revisado, previo acuerdo entre las partes, si durante la prestación de los servicios objeto de este contrato se produjeran cambios imprevistos que afecten sustancialmente a su ejecución.
Tercera. - Confidencialidad
Tanto la arrendadora como el arrendatario se comprometen a no divulgar la información y documentación confidencial referente a la otra parte, de la que hayan tenido conocimiento por razón de la ejecución del presente contrato, salvo las indispensables para su cumplimiento, y a mantenerla en secreto, incluso después de la finalización del mismo.
Ambas partes acuerdan tomar las medidas necesarias respecto a su personal e incluso terceros que pudieran tener acceso a dicha información.