Contratos Asociativos: Diferencias entre Asociación en Participación y Joint Venture
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Diferencias entre Asociación en Participación y Joint Venture
Asociación en Participación
- Las partes no tienen equidad en cuanto a su posición contractual.
- Sólo los asociados realizan contribuciones.
- No se revela a terceros.
- La administración está a cargo de un socio gestor (asociante).
- La responsabilidad de los asociados es sólo frente al asociante, limitada al monto de la contribución.
- Los bienes aportados por los asociados se incorporan al patrimonio del gestor, formando una “comunidad de bienes”.
Joint Venture
- Hay proporción para obtener utilidades y compartir pérdidas entre los venturers.
- Todos los venturers realizan contribuciones.
- La administración del negocio está a cargo de todos los venturers; no obstante, pueden delegarla en uno o varios de ellos.
- Lo actuado por cada venturer le genera a cada uno una responsabilidad distinta.
- Los venturers mantienen la propiedad de los bienes, formando una “comunidad de intereses” destinada a la ejecución del negocio.
Similitudes
- Ambas instituciones no son sociedades.
- Ausencia de una organización jurídica preestablecida.
- Inexistencia de formalidad para hacerla pública.
- Objeto limitado a uno o más propósitos transitorios.
- Ausencia de personalidad jurídica propia.
Ventajas de los Contratos Asociativos
A) Para el Socio Nacional
- Acceder a capitales y financiamiento extranjeros.
- Contar con tecnologías más modernas y avanzadas al asociarse con inversionistas extranjeros.
- Se beneficia con menores costos de comercialización internacional.
B) Para el Socio Extranjero
- Para el inversionista extranjero significa ingresar en un nuevo mercado, contando para ello con la experiencia del nacional.
- Se beneficia de las relaciones de su contraparte, ya se trate de contactos con el gobierno, Cámara de Comercio o instituciones del sistema financiero.
Desventajas
- Dependencia de ciertos insumos, partes, piezas y bienes de capital extranjero.
- Posibilidad de alta concertación de la producción en los mercados de exportación.
- Control y manejo de las exportaciones por parte de empresas extranjeras.
Extinción del Joint Venture
- Por común acuerdo entre las partes asociadas.
- Por cumplimiento de la finalidad perseguida en el contrato o la imposibilidad de lograrla.
- Por vencimiento de la duración del contrato cuando el mismo fue celebrado a plazo determinado.
- Por resolución del contrato ante el incumplimiento de las obligaciones de alguna de las partes.