Contratos Civiles Esenciales: Renta Vitalicia, Mutuo y Arrendamiento

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Renta Vitalicia: Concepto y Características Esenciales

La Renta Vitalicia es un contrato por el cual se conviene la entrega de una suma de dinero u otro bien fungible, para que sean pagados en los períodos estipulados. Es de duración temporal y ejecuciones periódicas.

Características de la Renta Vitalicia

  • Aleatoria: Gira en torno a la vida de la persona.
  • Autonomía.
  • De tracto sucesivo.
  • Traslativo de dominio: Transfiere propiedad.
  • Gratuito (cuando no hay contraprestación del rentista) u Oneroso (cuando se otorga una garantía o bien por la renta, y el constituyente recibe algo a cambio). Prestación a cargo de una sola parte.
  • Solemne: Requiere escritura pública bajo sanción de nulidad.

Elementos del Contrato de Renta Vitalicia

  • Subjetivos: Constituyente, beneficiario o rentista.
  • Reales: Capital, prestación a cargo del rentista.
  • Formales: Pensión, suma de dinero o bien fungible que se entregará al beneficiario.

Mutuo: Préstamo de Consumo y sus Implicaciones

El contrato de Mutuo es aquel por el cual una persona, denominada mutuante o prestamista, entrega a otra, denominada mutuatario o prestatario, la propiedad de cosas consumibles o una cantidad de dinero, con la obligación de devolver otra igual en cantidad, especie y calidad.

Características del Contrato de Mutuo

  • Consensual.
  • Principal.
  • Traslativo de dominio.
  • Oneroso (con prestaciones recíprocas) o Gratuito (con prestación a cargo de una sola parte).
  • Nominado.
  • Individual.

Requisitos Esenciales del Mutuo

  • Que se esté en posesión.
  • Cosa fungible.

Forma del Contrato de Mutuo

  • Ad probationem (regla general).
  • Entre cónyuges, solo en separación de bienes y por representantes de incapaces o ausentes (ad solemnitatem).

Arrendamiento: Uso Temporal de Bienes y Obligaciones

Por el contrato de Arrendamiento, el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien por una renta convenida.

Características del Contrato de Arrendamiento

  • De prestaciones recíprocas.
  • Principal.
  • Individual.
  • Oneroso.
  • Conmutativo.
  • De tracto sucesivo.
  • Consensual.

Derechos y Deberes del Arrendador

Derechos del Arrendador

  • Recibir el pago de la renta.
  • Solicitar el desalojo en caso de incumplimiento.
  • Inspeccionar el bien con causa justificada.
  • Exigir la devolución del bien y cobrar la penalidad convenida.

Deberes del Arrendador

  • Entregar el bien en buen estado.
  • Mantener al arrendatario en el uso del bien durante el plazo del contrato y conservarlo en buen estado.
  • Realizar durante el arrendamiento todas las reparaciones necesarias, salvo pacto distinto.

Derechos y Deberes del Arrendatario

Derechos del Arrendatario

  • Recibir el bien en buen estado o según lo pactado.
  • Usar el bien hasta que se cumpla el plazo.

Deberes del Arrendatario

  • Recibir el bien, cuidarlo y usarlo para el destino que se le concedió.
  • Pagar puntualmente la renta.
  • Pagar los servicios públicos suministrados.
  • Realizar las reparaciones que le correspondan conforme a ley.
  • No usar imprudentemente el bien.

Causales de Resolución del Contrato de Arrendamiento

  • Si el arrendatario no ha pagado la renta del mes anterior y se vence otro mes, más quince días adicionales.
  • Si la renta se pacta por períodos mayores, basta el vencimiento de un solo período, más quince días adicionales.
  • Si el alquiler se conviene por períodos menores a un mes, basta que venzan tres períodos.
  • Si el arrendatario da al bien un destino diferente de aquel para el que se le concedió expresa o tácitamente.
  • Por subarrendar o ceder el arrendamiento contra pacto expreso.
  • Si el arrendador o el arrendatario no cumplen cualesquiera de sus obligaciones.

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