Contratos civiles y procedimiento de divorcio en España: tipos, efectos y trámites
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Tipos de contrato
Compraventa: intercambio de una cosa determinada por cierto precio. La propiedad se transmite con el título junto con el traspaso de la posesión. El vendedor entrega la cosa acordada, sin defectos; el comprador se toma posesión o inscribe la propiedad en el registro de la propiedad.
Modalidades de la compraventa
- Compraventa con reserva de dominio: transmisión de la propiedad cumpliendo una condición.
- Venta a plazos de bienes inmuebles: transmite la propiedad y la posesión del bien, con obligación de pago fraccionado en cuotas.
- Venta con arras penitenciales: existen penalizaciones; quien paga las pierde (pierde lo pagado) y quien entrega las pierde si desiste de la entrega.
- Permuta: obliga a dar una cosa y recibir otra.
Donación
Donación: acto realizado sin contrapartida. Puede ser revocado unilateralmente en determinados supuestos; se realiza por gratitud hacia la persona beneficiaria.
Arrendamiento de cosas
Contrato en el que una parte obliga a la otra al uso de una cosa por un tiempo y un precio determinados. Protege a los arrendatarios y distingue entre viviendas y locales de negocio.
Contratos de obras y servicios
Prestación de un servicio u obra a cambio de un precio.
Contrato de mandato
Una persona presta un servicio o realiza una obra por cuenta de otra.
Préstamo
Entrega de una cosa con la obligación de devolverla.
Depósito de cosas muebles
Obligación de guardar las cosas y restituirlas cuando proceda.
Contrato de sociedad civil
Dos o más personas obligan a poner una cantidad de dinero con la intención de invertir y compartir las ganancias.
Contrato de fianza
Obliga a pagar o cumplir por una tercera persona en caso de que ésta no lo haga. El fiador puede reclamar posteriormente al deudor la cantidad abonada.
Consecuencias del divorcio
Las principales consecuencias del divorcio son:
- Desaparición de los deberes entre cónyuges.
- Desaparición de los derechos sucesorios entre ambos.
- Plena libertad matrimonial de cada uno de los cónyuges.
- Disolución del régimen económico conyugal.
- Mantenimiento de las obligaciones como padres.
- El procedimiento se regula en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Efectos comunes de la disolución matrimonial
- Decisión sobre medidas provisionales que regirán hasta la sentencia definitiva.
- Revocación de acuerdos y cese de la convivencia; posibilidad de vivir separados.
- Decisiones en relación con los hijos: se mantienen las obligaciones parentales.
- Reparto de los bienes comunes y regulación de la vida de los hijos en todos los aspectos. Un acuerdo es beneficioso y preferible cuando es posible.
Esquema del procedimiento judicial de divorcio
- Presentación de la demanda de divorcio:
- a) de mutuo acuerdo
- b) contencioso
- Contestación: 20 días laborables
- a) Mostrar su acuerdo.
- b) Contestar, exponiendo el desacuerdo.
- Solicitar medidas provisionales sobre los hijos y la vivienda.
- Si hay hijos menores o incapacitados, se adjunta a la demanda el convenio y la documentación necesaria por si hay algo que perjudique a los menores.
- Se realiza el informe (por los órganos o profesionales competentes).
- Se puede citar para ratificar a quienes realicen informes aportados por las partes.
- Vista oral (juicio).
- En el acto o en unas semanas hay sentencia; se puede recurrir ante la Audiencia Provincial.
Procedimiento de mutuo acuerdo
1. Demanda
Documentos: certificación del matrimonio, certificado de nacimiento de cada hijo, padrón, relación de bienes que pertenecen al matrimonio y el convenio regulador.
Contenido del convenio regulador:
- Patria potestad: régimen de visitas, vacaciones y relación entre hijos y padres.
- Pensión de alimentos: cantidad que se abonará mensualmente.
- Uso de la vivienda familiar.
- Liquidación del régimen económico matrimonial: reparto de los bienes.
2. Admisión a trámite de la demanda
Ratificación de la demanda y del convenio regulador por las partes.
3. Intervención del Ministerio Fiscal
Interviene si hay hijos menores, incapacitados o ausentes.
4. Sentencia y ejecución
La sentencia hará ejecutiva la resolución acordada y procederá a su inscripción y comunicaciones pertinentes.
Procedimiento contencioso
- Demanda y contestación: plazo de 20 días laborables. Se designa abogado y procurador. Es importante dejar clara la cantidad económica por escrito y firmada. Los escritos de demanda y contestación son similares a los de mutuo acuerdo; la diferencia es que deben acreditarse los desacuerdos con pruebas.
- Juicio y medios de prueba: documental, interrogatorio de las partes, testifical, pericial (equipos técnicos del juzgado), y exploración de los hijos menores si procede.
- Sentencia: si la otra parte presenta motivos de impugnación del divorcio, se resuelve en función del procedimiento y del convenio regulador en su caso.
- Recursos: se puede recurrir ante la Audiencia Provincial; su resolución puede ser definitiva en muchos casos.
- Ejecución: en el juzgado se notifica al Registro Civil la sentencia de divorcio y se procede a su ejecución.
- Medidas previas, provisionales y definitivas: se aplican según lo acordado o decidido en sentencia.
Notas finales
Es recomendable que las partes intenten un acuerdo beneficioso cuando sea posible; facilita la protección de los menores y acelera la tramitación. En todos los procedimientos es esencial aportar la documentación y pruebas que acrediten las pretensiones de cada parte.