Contratos de Trabajo, Derechos Laborales y Nóminas: Todo lo que Necesitas Saber

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Contrato de Trabajo y Relaciones Laborales

El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades mediante el cual una persona con capacidad legal para trabajar se obliga a realizar personal y voluntariamente un trabajo por cuenta ajena, bajo la organización y dirección de otra, a cambio de una remuneración.

Tipos de Contrato de Trabajo

  1. Contratos indefinidos: Son contratos sin límite de duración. El más frecuente es el contrato de trabajo común u ordinario. Desde el Estado, se ofrecen incentivos a las empresas para potenciar estos contratos, y también para contratar personas con dificultades de acceso al mercado laboral.
  2. Contratos de duración determinada (temporal): Este grupo de contratos se caracteriza por qué su duración está limitada por diversas circunstancias: una baja temporal (contrato de interinidad), el tiempo que dura una obra o servicio (contrato por obra o servicio) o el aumento transitorio de la producción de una empresa (contrato eventual por circunstancias de la producción).
  3. Contratos a tiempo parcial: El trabajador se compromete a realizar un número de horas inferiores a lo habitual. Pueden ser temporales o de duración indefinida. La modalidad de contrato por jubilación parcial, y para quien sustituye a la persona que se jubila parcialmente, está establecido el contrato de relevo.
  4. Contratos formativos:
    • Contrato de prácticas: Su finalidad es formar a la persona que ya posee los conocimientos teóricos necesarios, pero carece de experiencia laboral. Su duración máxima es de dos años y nunca inferior a seis meses.
    • Contrato para la formación: Pensado para personas de entre 16 y 21 años que carecen de estudios y de experiencia laboral. Su duración mínima es de seis meses y la máxima, de dos años.

Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

Derechos de los Trabajadores

  • Derechos de contenido profesional: Son el derecho a la ocupación del puesto de trabajo, a una jornada laboral cuyo tope máximo es de 40 horas semanales, a la promoción y formación profesional, a la percepción puntual de la remuneración y a unas vacaciones anuales retribuidas.
  • Derechos de acción colectiva: Permiten a los trabajadores unirse para defender sus intereses conjuntamente. Entre ellos están el derecho a la libre sindicación, a la negociación colectiva, a la adopción de medidas de conflicto colectivo, a la huelga, a la reunión y a la participación en la empresa.
  • Derechos personales: Son los referidos a la integridad física, a la no discriminación por motivo de sexo, raza, etc., al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad.

Obligaciones del Trabajador

Entre las obligaciones del trabajador, están cumplir las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten y contribuir a la mejora de productividad.

Salarios y Nómina

El sueldo o salario es el dinero que recibe el trabajador por cuenta ajena como compensación por el trabajo realizado durante un tiempo. La nómina es el recibo o justificante del pago del salario en el que se detallan los distintos conceptos de ingresos (devengos), así como las deducciones realizadas a esos ingresos.

El sueldo se compone por el salario base, los complementos salariales y el salario en especie.

La suma del salario base más los complementos nos da el salario bruto. Pero de esta cantidad hay que quitar una serie de deducciones, destinadas a la Seguridad Social y a Hacienda, fundamentalmente, para obtener la cantidad que efectivamente recibirá el trabajador y que es el salario neto o líquido total a percibir.

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