Contratos: Elementos, Características, Tipos y Validez
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Características de los Contratos
Un contrato es una convención que produce efectos para las partes. Se rige por el principio de relatividad de los contratos, lo que significa que sus efectos son relativos, ya sean unilaterales (para una parte) o bilaterales (para ambas). El contrato es la principal fuente de las obligaciones y tiene fuerza obligatoria, sustentado en el principio de autonomía de la voluntad de las partes.
Clasificación de los Contratos
- Según la obligación de las partes: Unilateral / Bilateral
- Según el fin perseguido por las partes: Oneroso / Gratuito
- Según el modo de perfeccionamiento: Consensuales / Reales / Formales
- Según las normas legales que lo regulan: Nominado / Innominado
- Según la duración de las prestaciones: Cumplimiento instantáneo / Ejecución sucesiva
- Según la naturaleza de la prestación: Ordinarios / Intuito personae
- Según su carácter: Principal / Accesorio
- Según los efectos del contrato para las partes o terceros: Individuales / Colectivos
El Consentimiento
Es la conjugación de dos o más voluntades, libremente manifestadas y comunicadas a la otra parte.
Objeto del Contrato
Son todas las obligaciones que se derivan del contrato. Sus características son: posible, lícito, determinado y susceptible de valoración económica.
Tipos de Contratos cuya Sanción es Nulidad por ir contra el Orden Público
- Contrato sobre pacto de intereses usureros
- Contratos sobre sucesiones futuras
Elementos para la Validez del Contrato
- Capacidad legal de las partes (capaces e incapaces: menores, entredichos, inhabilitados)
Si la nulidad es absoluta, la puede intentar cualquier interesado. Si la nulidad es relativa, solo puede oponerla a quien el legislador establece o protege (menor, entredicho, inhabilitado).
Vicios del Consentimiento
El Error
Es una falsa apreciación de la realidad, creer como verdadero algo que es falso.
Clasificación del Error
- Error de Derecho: Por ignorancia o desconocimiento.
- Error de Hecho: Error en la sustancia; cualidad que tiene una cosa sobre la cual se negocia.
- Error en la Persona: Se debe tratar de un contrato intuito personae.
Requisitos del Error
- Que sea excusable.
- Debe ser espontáneo.
- Puede ser unilateral.
Efectos del Error en un Contrato
- La anulabilidad del contrato.
- Indemnización de daños y perjuicios al contratante de naturaleza extracontractual.
- Subsanar el error antes de la contestación de la demanda.
El Dolo
Es un error provocado, inducido en el que cae un contratante por culpa de otro contratante.
Clasificación del Dolo
- Dolo bueno
- Dolo malo
Requisitos del Dolo
- Representado en la intención de engañar para obtener la manifestación de voluntad.
- Que el dolo sea determinante en la manifestación de voluntad.
- El dolo puede provenir de alguna de las partes o de un tercero.
Efecto del Dolo
- Causa la anulabilidad del contrato.
- Al contratar con dolo se produce un hecho ilícito, se puede pedir indemnización por daños y perjuicios.
Diferencias entre Disolución y Nulidad
- Disolución: Tiene efecto en el futuro / Se da por acuerdo entre las partes.
- Nulidad: Efecto retroactivo / Defecto en su formación.
Diferencia entre Nulidad Absoluta y Relativa
- Absoluta: La puede invocar cualquier persona / Puede ser declarada de oficio por el juez / En principio, si falta uno de los elementos para la existencia del contrato es absoluta / Puede ser incoada en cualquier estado del proceso / Lapso de prescripción es de 10 años / El vicio o defecto no se puede subsanar / Es nulo / No se puede mejorar.
- Relativa: Solo la puede invocar la persona interesada / Puede ser evocada solo por la parte del contrato / En principio, si falta uno de los elementos para la validez es relativa / Solo puede ser solicitada en el libelo de la demanda / El lapso de prescripción es de 5 años / Se puede subsanar el defecto / Se puede mejorar con la confirmación o ratificación.