Contratos de Trabajo en España: Fundamentos, Tipos y Derechos Laborales

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 6,04 KB

El Contrato de Trabajo: Fundamentos y Elementos Esenciales

En el contrato de trabajo se manifiesta la voluntad de las dos partes: el empresario y el trabajador. Es el acuerdo por el que una de ellas (el trabajador) se compromete a prestar determinados servicios por cuenta ajena bajo la dirección de la otra (el empresario), recibiendo a cambio una retribución.

Elementos Esenciales del Contrato

Para que exista un contrato de trabajo, son esenciales:

  • Consentimiento: La libre voluntad de ambas partes.
  • Objeto: La prestación de un servicio y la retribución.
  • Causa: La finalidad económica y social del contrato.

Definiciones Clave

  • Trabajador: Persona física que desempeña su labor bajo la organización y dirección del empresario a cambio de un salario.
  • Empresario: Puede ser una persona física, jurídica o una comunidad de bienes.

Obligaciones del Empresario en la Contratación

Al contratar a un trabajador, el empresario tiene las siguientes obligaciones:

  • Afiliar al trabajador y darle de alta en la Seguridad Social.
  • Comunicar la contratación al Servicio Público de Empleo (plazo: 10 días).
  • Entregar una copia básica del contrato al representante de los trabajadores.
  • Cotizar a la Seguridad Social por el trabajador contratado.

Forma del Contrato

El contrato de trabajo puede ser oral o escrito.

  • Los contratos orales pueden ser los indefinidos y los temporales por circunstancias de la producción (siempre que su duración no exceda de cuatro semanas).
  • Los demás contratos deben formalizarse por escrito.

Contenido Mínimo del Contrato

Todo contrato de trabajo debe incluir, como mínimo, la siguiente información:

  1. Denominación y categoría profesional.
  2. Lugar de trabajo.
  3. Tiempo de trabajo (jornada).
  4. Duración, fecha de comienzo y, si aplica, periodo de prueba.
  5. Salario base y complementos salariales.
  6. Vacaciones.

Cláusulas Adicionales Comunes

Además del contenido mínimo, los contratos pueden incluir cláusulas adicionales como:

  • Confidencialidad.
  • No competencia (postcontractual).
  • Concurrencia (competencia desleal durante la vigencia del contrato).
  • Permanencia (compromiso de permanencia en la empresa por formación).
  • Dedicación plena.

El Periodo de Prueba

El periodo de prueba permite a ambas partes conocerse y evaluar la idoneidad del puesto y del trabajador. Sus duraciones máximas son:

  • Para técnicos titulados: 6 meses.
  • Para los demás trabajadores: 2 meses.
  • Para contratos en prácticas:
    • Titulados superiores: 2 meses.
    • Grado medio: 1 mes.

Durante el periodo de prueba, el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de la plantilla, con la particularidad de que la relación laboral puede extinguirse por voluntad de cualquiera de las partes sin necesidad de preaviso ni indemnización.

Tipos de Contrato de Trabajo: Modalidades y Características

Contratos Indefinidos

  • Contrato Indefinido Ordinario: Sin límite de tiempo en su duración.
  • Contrato de Apoyo a Emprendedores: (Derogado en 2019, pero se mantiene el contenido original para no eliminarlo)

Contrato de Apoyo a Emprendedores (Derogado)

Aunque este contrato fue derogado en 2019, sus características eran:

  • Tiempo indefinido.
  • Jornada completa.
  • Dirigido a empresas con menos de 50 trabajadores.
  • Requería una tasa de paro superior al 15% en el momento de su creación.
  • Periodo de prueba de 1 año.
  • Ofrecía bonificaciones fiscales y reducciones en la Seguridad Social.

Contratos Temporales (de Duración Determinada)

  • Contrato por Obra o Servicio Determinado:
  • Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción:
  • Contrato en Prácticas: (Considerado un contrato formativo)

Contrato por Obra o Servicio Determinado

Este contrato se utiliza para la realización de una obra o servicio con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.

  • La duración es la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio, con un límite legal de 3 años, ampliable a 4 por convenio colectivo.
  • La indemnización a la finalización del contrato (en 2015) era de 12 días de salario por año de servicio.
  • Siempre debe formalizarse por escrito.

Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

Se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.

  • Duración máxima: 6 meses en un periodo de 12 meses, o 12 meses por convenio colectivo en un periodo de 18 meses.
  • Admita una única prórroga.
  • Debe formalizarse por escrito.

Contrato en Prácticas (Contrato Formativo)

Su finalidad es la obtención de práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados.

  • Requisitos del trabajador:
    • No haber transcurrido más de 5 años desde la obtención del título (o 7 si es persona con discapacidad).
    • Ser menor de 30 años (sin límite de edad si es persona con discapacidad).
  • Duración del periodo de prueba:
    • Grado medio: 1 mes.
    • Grado superior: 2 meses.
  • Debe formalizarse por escrito.

Trabajo a Tiempo Parcial

El trabajo a tiempo parcial es una modalidad de contrato en la que se presta servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada a tiempo completo comparable. Puede aplicarse a contratos indefinidos o temporales.

Entradas relacionadas: