Contratos Mercantiles Clave: Cesión de Derechos, Herencia y Transporte

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Conceptos Fundamentales en el Derecho Contractual

I. La Cesión de Derechos

La Cesión es un contrato mediante el cual el titular de un derecho transfiere a otra parte que acepta, un objeto incorporal. Es fundamental que esta cesión se notifique al deudor cedido para que sea oponible a terceros.

Se aplican a la cesión de derechos las reglas de la compraventa, de la permuta o de la donación, según corresponda.

Partes Involucradas

  • Cedente: Quien transfiere el derecho.
  • Cesionario: Quien recibe el objeto del derecho.

Características de la Cesión

Se considera:

  • Consensual
  • Conmutativo
  • Nominado
  • Oneroso o gratuito
  • Bilateral
  • Formal

Elementos de la Cesión

Los elementos esenciales incluyen:

  1. Sujetos (Cedente y Cesionario).
  2. Consentimiento.
  3. Objeto: Derechos que pueden ser cedidos.
  4. Limitaciones: No pueden cederse derechos por acuerdo de parte o por disposición legal (insensibilidad).

Efectos y Obligaciones

Efectos entre las partes

Implica la transmisión de la titularidad y la propiedad al cesionario. Las obligaciones incluyen:

  • Obligación del cedente de entregar el título.
  • Obligación del cedente de no causar evicción.
  • Deber de notificar al deudor cedido para que produzca efectos frente a terceros.
La Notificación

La notificación puede ser realizada por cualquier parte mediante instrumento público o privado. Su función principal es asegurar que el deudor sepa quién es el nuevo acreedor y que los terceros conozcan el estado del patrimonio.

Efectos frente a terceros

Para que los efectos de la cesión se produzcan frente a terceros, es indispensable la notificación al deudor cedido.

II. Cesión de Herencia

La Cesión de Herencia es un contrato por el cual una parte transfiere a otra una universalidad jurídica. Su objeto es la universalidad jurídica y debe formalizarse mediante escritura pública.

Efectos entre las partes

El cedente transmite el contenido patrimonial de la herencia. Debe garantizar la evicción y cumplir con la prestación convenida.

III. El Contrato de Transporte

El Transporte existe cuando una parte se obliga a trasladar personas o cosas de un lugar a otro, y la otra parte se compromete a pagar el flete o el costo del viaje a cambio.

Clasificación del Transporte

Según el objeto transportado:
  • De Personas.
  • De Cosas.
Según el medio empleado:
  • Terrestre.
  • Marítimo o fluvial.
  • Aéreo.

Transporte de Personas

Obligaciones del Transportista
  1. Darle lugar al pasajero para viajar.
  2. Trasladarlo al lugar convenido.
  3. Garantizar su seguridad.
  4. Transportar su equipaje.
Obligaciones del Pasajero
  • Pagar el precio acordado.
  • Presentarse en el lugar para iniciar el viaje.
  • Acondicionar su equipaje adecuadamente.
Responsabilidad del Transportista

Abarca los daños causados a la persona del pasajero y los daños al equipaje transportado.

Transporte de Cosas

Obligación del Transportista
  • Organizarse para prestar el servicio.
  • Aceptar los pedidos de transporte.
  • Controlar la carga recibida.
  • Solicitar al cargador un documento que constate la descripción de los efectos.
Obligación del Cargador
  • Entregar la carga en tiempo y forma.
  • Declarar el contenido de la carga.
  • Proporcionar la documentación necesaria al transportista.
  • Abonar el flete (dependiendo del acuerdo).
Obligación del Destinatario
  • Pagar el flete correspondiente.
  • Retirar los efectos transportados.

IV. Extinción de los Contratos

Los contratos mencionados pueden extinguirse por:

  • Cumplimiento de las obligaciones.
  • Rescisión unilateral o bilateral.
  • Resolución por incumplimiento.
  • Prescripción.

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