Contratos Mercantiles: Concepto, Condiciones Generales y Regulación

Clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 2,67 KB

Concepto de Contrato Mercantil

Se califican como contratos mercantiles aquellos que regulan las relaciones jurídicas que surgen en la actividad profesional del empresario con los adquirentes de bienes y servicios en el mercado. Los adquirentes pueden ser otros empresarios o bien los llamados consumidores.

El buen funcionamiento del mercado, que tiende a la globalización, exige la unificación del derecho contractual.

Tradicionalmente, los contratos mercantiles se regulaban en el Código de Comercio. Esto parece hoy superado por la aparición de un gran número de leyes especiales que son el fruto del derecho comunitario europeo. Por tanto, la Unión Europea promueve la construcción de un régimen contractual uniforme.

Contratos Mercantiles Sometidos a Condiciones Generales

a) La Contratación Mediante Cláusulas Predispuestas

Los códigos del siglo XIX partían de la libre autonomía de la voluntad para establecer respecto a cada contrato las cláusulas que las partes contratantes desearan. Se partía de la idea de que las partes se encontraban en una situación de igualdad a la hora de establecer, tras una negociación previa, el contenido del contrato. Actualmente, es un hecho que tal situación no se cumple y que muchos contratos no pueden ser discutidos individualmente; y ello porque las partes no tienen, de hecho, la misma capacidad para la discusión de las cláusulas contractuales, y también porque se carece del tiempo preciso para esa negociación individual cuando la contratación es en serie o en masa. Por ello, se ha generalizado, especialmente en las relaciones entre los empresarios y los consumidores o usuarios, que los primeros tengan predispuestas las cláusulas o condiciones del contrato y los segundos se limiten a adherirse a esas condiciones que el empresario tiene preparadas con carácter general.

Surgen así, frente a los contratos concluidos mediante negociación o contratos individuales, los llamados contratos sometidos a condiciones generales que han sido redactadas previamente por una de las partes. Las condiciones generales de la contratación están reguladas por la Ley 7/1998 de 13 de abril.

b) Concepto y Características

La Ley de Condiciones Generales de Contratación (en adelante LCGC) define las condiciones generales diciendo que son las cláusulas contractuales predispuestas, cuya incorporación al contrato sea impuesta por una de las partes; con independencia de la autoría material de las mismas, de su apariencia externa, de su extensión y de cualesquiera otras circunstancias, habiendo sido redactadas con la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos (art. 1.1).

Entradas relacionadas: