Contratos Mercantiles Fundamentales: Franquicia, Fianza, Compraventa, Joint Venture, Consorcio y Fideicomiso Explicados

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Contratos Mercantiles Fundamentales

1. Franquicia

La Franquicia es una operación contractual entre un franquiciador y un franquiciado, donde el franquiciador ofrece mantener un interés permanente en el negocio del franquiciado.

Partes:

  • Franquiciador: Quien cede el derecho de uso de su marca y know-how.
  • Franquiciado: Quien adquiere el derecho de operar bajo la marca y sistema del franquiciador.

Objeto:

Conceder el derecho de ingresar en un negocio a una persona que aún no está reconocida en el mercado, bajo una determinada marca con renombre.

Características:

  • Atípico: No está regulado específicamente por el Código Civil en muchos ordenamientos, sino por leyes especiales o la autonomía de la voluntad.
  • Complejo: Involucra múltiples aspectos legales, comerciales y operativos.
  • Bilateral: Genera obligaciones para ambas partes.
  • Constitutivo: Crea una nueva relación jurídica y un nuevo negocio.
  • Oneroso: Ambas partes obtienen un beneficio económico (el franquiciado paga por el derecho, el franquiciador expande su negocio).
  • Conmutativo: Las prestaciones de ambas partes son ciertas y determinadas desde el inicio.
  • Consensual: Se perfecciona por el mero consentimiento de las partes.

Ventajas:

  • Facilita la penetración en mercados desconocidos para el franquiciador.
  • Propicia la expansión de productos y servicios de manera eficiente.

Desventajas:

  • Menor control directo sobre la distribución y operación de los productos por parte del franquiciador.

Elementos Clave:

  • Marcas: Uso de la marca, nombre comercial y otros signos distintivos del franquiciador.
  • Productos/Servicios: Comercialización de los bienes o servicios del franquiciador.
  • Know-how: Transmisión de conocimientos técnicos, comerciales y administrativos secretos y sustanciales.

Diferencia y Progresión del Conocimiento:

Es fundamental entender la progresión del conocimiento y su protección:

  1. El Know-how es conocimiento secreto, práctico y no patentado, esencial para el negocio.
  2. Si se pierde la confidencialidad del know-how, puede derivar en una Licencia de Uso (donde se permite el uso de un conocimiento o tecnología, pero sin la estructura completa de un negocio).
  3. Finalmente, la Franquicia integra el uso de la marca, el know-how y un modelo de negocio probado.

2. Contrato de Fianza

El Contrato de Fianza es un contrato de garantía personal, en el cual el fiador se obliga a pagar al acreedor en caso de que el deudor principal no pueda cumplir con su obligación.

Partes:

  • Acreedor: La persona a quien se le debe la obligación principal.
  • Fiador: La persona que garantiza el cumplimiento de la obligación del deudor.
  • Deudor Principal: La persona que tiene la obligación original.

Objeto:

La realización de un contrato de garantía personal para asegurar el cumplimiento de una obligación principal.

Características:

  • Unilateral: Generalmente, solo el fiador se obliga frente al acreedor (aunque puede ser bilateral si el deudor remunera al fiador).
  • Formal: Requiere una forma específica (usualmente escrita) para su validez.
  • Subsidiario: La obligación del fiador solo surge si el deudor principal incumple.
  • Accesorio: Depende de la existencia de una obligación principal válida.

Elementos:

  • Obligación Principal: La deuda o prestación que se garantiza (ej. dinero).
  • Fiador: La persona que asume la garantía.
  • Deudor (Fiado): La persona cuya obligación es garantizada.
  • Acreedor: La persona a favor de quien se constituye la fianza.

Base Legal:

Artículo 1868 del Código Civil (referencia común, puede variar según la legislación específica).

3. Contrato de Compraventa

El Contrato de Compraventa es aquel por el cual el vendedor transfiere la propiedad de un bien y el comprador paga una suma de dinero por él, ya sea para revenderlo, usarlo o alquilarlo.

Partes:

  • Vendedor: Quien transfiere la propiedad del bien.
  • Comprador: Quien adquiere la propiedad del bien a cambio de un precio.

Objeto:

La transferencia de la propiedad de un bien a cambio de un precio cierto en dinero, con fines comerciales o de uso personal.

Características:

  • Consensual: Se perfecciona por el mero consentimiento de las partes sobre el bien y el precio.
  • Oneroso: Ambas partes obtienen un beneficio económico.
  • Bilateral: Genera obligaciones recíprocas para ambas partes.
  • Conmutativo: Las prestaciones de ambas partes son ciertas y determinadas desde el momento de la celebración del contrato.

Base Legal:

Artículo 1 del Código Civil (referencia común, puede variar según la legislación específica).

4. Joint Venture

El Joint Venture es un contrato sui generis (atípico), donde dos o más empresas (personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras) acuerdan asociarse para combinar recursos y actividades con el fin de ejecutar un negocio o proyecto específico.

Partes:

  • Las partes asociadas (empresas o personas naturales/jurídicas), que pueden ser nacionales o extranjeras.

Elementos:

  • Aportes: Dinero, bienes, tecnología, servicios, know-how, personal, etc.
  • Objetivo Común: La ejecución de un negocio o proyecto específico.
  • Control Conjunto: Las partes comparten el control sobre el proyecto.
  • Participación en Riesgos y Beneficios: Las ganancias y pérdidas se distribuyen según lo acordado.

5. Consorcio

El Consorcio es una asociación donde dos o más personas (naturales o jurídicas) se unen para participar en un determinado negocio o empresa con el fin de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su autonomía e independencia legal.

Características Distintivas:

  • Asociación Temporal: Generalmente para un proyecto o negocio específico.
  • Autonomía de las Partes: Cada miembro del consorcio mantiene su propia personalidad jurídica y autonomía.
  • Objetivo Común: Realización de un negocio o proyecto conjunto.
  • Distribución de Beneficios y Riesgos: Acordada entre las partes.

6. Fideicomiso

El Fideicomiso es un contrato por el cual el fideicomitente transfiere bienes o derechos a otra persona (el fiduciario) para la constitución de un patrimonio fideicometido. Este patrimonio queda sujeto al dominio del fiduciario y afectado al cumplimiento de un fin específico en favor del propio fideicomitente o de un tercero (el fideicomisario).

Partes:

  • Fideicomitente: El titular original de los bienes y derechos que se transfieren al fideicomiso.
  • Fiduciario: La persona (generalmente una entidad financiera) a la que se le transmiten los bienes y derechos para su administración y cumplimiento del fin establecido.
  • Fideicomisario: El beneficiario del fideicomiso, que puede ser el propio fideicomitente o un tercero.

Características:

  • Consensual: Se perfecciona por el acuerdo de voluntades.
  • General: Puede aplicarse a una amplia variedad de bienes y fines.
  • Bilateral: Genera obligaciones para fideicomitente y fiduciario.
  • Oneroso: Generalmente, el fiduciario recibe una remuneración por su gestión.
  • Real y Solemne: Requiere la entrega de los bienes y el cumplimiento de formalidades legales (ej. escritura pública).
  • Principal y Autónomo: No depende de otro contrato para su existencia.
  • Exclusivo: El patrimonio fideicometido es independiente del patrimonio del fiduciario y del fideicomitente.

Base Legal:

Artículo 241 de la Ley N° 26702 (Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, o legislación equivalente según el país).

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