Contratos Mercantiles: Fundamentos, Tipología y Obligaciones en el Derecho Empresarial
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Contratos Mercantiles y Crisis Empresariales
9.1 Civil y Mercantil: Diferencias Fundamentales
El elemento esencial que diferencia a un contrato mercantil de otro civil es que en el mercantil interviene un empresario en el ejercicio de su actividad, mientras que en el civil las partes contratantes actúan al margen de una actividad económica o profesional.
A. Características Diferenciales de los Contratos Mercantiles
- Mayor rapidez y menos formalistas.
- Más seguridad jurídica para el cobro de las deudas y reclamación de incumplimientos contractuales.
- Mayor protección de los consumidores y usuarios frente a grandes empresas.
A.1 Plazo para la Exigibilidad de las Obligaciones
El Código Civil (CC) admite la existencia de plazos tácitos para el cumplimiento de las obligaciones civiles. En el caso de las obligaciones mercantiles, el Código de Comercio (CCom) prohíbe plazos de gracia o cortesía y establece que deben satisfacerse en diez días contados desde el momento en que se contraen, salvo que estas sean ejecutivas.
A.2 La Mora en las Obligaciones Mercantiles
Mora: retraso significativo y culpable en el cumplimiento de una obligación. El Código Civil (CC) requiere para incurrir en mora que el acreedor exija judicial o extrajudicialmente el cumplimiento de su obligación al deudor. El Código de Comercio (CCom) establece que el deudor mercantil se convierte en moroso al día siguiente de producirse el vencimiento de su obligación; si esta no tiene vencimiento, la morosidad del deudor se produce desde el momento en que el acreedor le requiere para que satisfaga su deuda.
A.3 Perfección de los Contratos Mercantiles
Los contratos pueden perfeccionarse entre personas que estén presentes; si son contratos consensuales, las obligaciones y derechos surgen en el momento en que los contratantes hacen efectivo su consentimiento. También pueden suscribirse entre personas ausentes.
El Código Civil (CC) exige que la aceptación de la oferta llegue al conocimiento de quien la hizo, mientras que el Código de Comercio (CCom) establece que el nacimiento del contrato se produce desde el momento en que se conteste aceptando la oferta.
A.4 Forma de los Contratos Mercantiles: Condiciones Generales
- Libertad de forma.
- Se atienen a ciertas formalidades (escrituras), cuando así lo requiere alguna normativa específica.
9.2 Tipología de los Contratos Mercantiles
- Contratos Típicos: previstos en el Código de Comercio (CCom) o en leyes mercantiles especiales.
- Contratos Atípicos: nacidos de la práctica mercantil, sin normativa específica.
- Contratos Consensuales: nacen con el consentimiento de las partes.
- Contratos Reales: además del consentimiento, necesitan la entrega de la cosa para perfeccionarse.
- Contratos Bilaterales o Plurilaterales: celebrados por varias partes.
A. La Compraventa Mercantil
Contrato mediante el cual uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente.
Los contratos son mercantiles cuando:
- Las compras de cosas muebles con ánimo de lucrarse en la reventa, bien en el mismo estado en que se compraron o mediante transformación de las mismas.
A.1 Contenido Básico del Contrato de Compraventa
- Bilateral: surgen obligaciones para comprador y vendedor.
- Consensual: nace con el consentimiento de los contratantes.
- No es traslativo de dominio: debido a que la transmisión de la propiedad necesita la tradición o entrega de la cosa.
Obligaciones del Comprador
- Pagar el precio acordado en el lugar y plazo pactado por los contratantes; si hubiese retraso, el comprador está obligado a pagar el interés legal.
- Obligación de recibir la cosa: debe recibir los bienes en el lugar y tiempo convenido.
- Cuando las mercancías están embaladas y tienen defectos de calidad, el comprador puede reclamar al vendedor durante los cuatro días siguientes a la recepción.
- Si el comprador se niega sin causa a recibir las mercancías, el vendedor puede solicitar (por vía judicial) el cumplimiento del contrato, depositando las mercancías.
Obligaciones del Vendedor
- Entregar la cosa vendida. Esta entrega debe hacerse en el plazo y en las 24 horas siguientes a la perfección del contrato.
- Si el vendedor no entrega las mercancías, el comprador puede pedir el cumplimiento del contrato o la rescisión con indemnización por daños y perjuicios. Los gastos de entrega corren por cuenta del vendedor, salvo que se haya pactado otra cosa.