Contratos de Trabajo: Modalidades, Condiciones y Particularidades
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Tipos de Contratos Laborales en España
Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción
Cuando una empresa lo necesita durante una etapa. Debe ser verbal si la duración es de 4 semanas y escrito si es superior o a tiempo parcial. La duración máxima es de 6 meses dentro de un periodo de 12 meses, ya sea a tiempo completo (tc) o tiempo parcial (tp).
Contrato de Interinidad
Se utiliza para sustituir a un trabajador con derecho a reserva de su puesto de trabajo. Debe formalizarse por escrito, identificando al trabajador sustituido y la causa de la sustitución. Se debe especificar la duración del contrato y el trabajo a desarrollar. La duración será la del tiempo que dure la ausencia del sustituido. En procesos de selección, no puede ser superior a 3 meses. No hay límite de tiempo si se trata de una Administración Pública. Puede ser tc o tp si el trabajador trabaja a tp o se completa la jornada del otro trabajador.
Contrato de Relevo
Se utiliza para contratar a una persona por otra que se va a jubilar. Debe formalizarse por escrito, incluyendo el nombre, edad y circunstancias por las que la persona se jubila. Puede ser indefinido o igual al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación. Puede ser tc o tp. La duración de la jornada debe ser como mínimo igual a la jornada acordada por el trabajador sustituido.
Contrato de Formación y Aprendizaje
Debe formalizarse por escrito. Está dirigido a trabajadores mayores de 16 y menores de 25 años. La jornada podrá ser superior al 75% el primer año y al 85% durante el segundo y tercer año. No se permiten horas extras (salvo fuerza mayor), ni trabajos nocturnos, ni a turnos.
Contrato en Prácticas
Debe formalizarse por escrito, incluyendo la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar. El trabajador debe poseer una titulación y no deben haber transcurrido más de 5 años desde la terminación de los estudios (7 en el caso de trabajadores con discapacidad). La duración es de 6 meses + 2 años. Puede ser tc o tp. La retribución no puede ser inferior el primer año al 60% o al 75% durante el segundo del salario fijado en el convenio colectivo para un trabajador que desempeñe el mismo puesto de trabajo. Nunca puede ser inferior al SMI. En caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se reducirá en proporción a la jornada realizada.
Contrato a Tiempo Parcial
Se utiliza para la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de un trabajador a tiempo completo. Debe formalizarse por escrito. Puede ser de tiempo indefinido o temporal. La distribución de la jornada puede ser continua o partida. No se permiten horas extras (salvo casos de fuerza mayor). Se pueden realizar horas complementarias para ampliar la jornada.
Empresa de Trabajo Temporal
Este tipo de contrato se realiza a través de una Empresa de Trabajo Temporal (ETT).