Contratos de préstamo bancario: tipos, garantías y condiciones fundamentales
Clasificado en Economía
Escrito el en
español con un tamaño de 2,73 KB
Contrato de préstamo
Concepto: contrato bancario por el que la entidad de crédito transmite la propiedad de una suma de dinero al cliente prestatario, quien se obliga a restituirla en el plazo estipulado y a abonar los intereses pactados.
Préstamos con garantía
Definición: contrato de préstamo en el que el prestatario garantiza sus obligaciones mediante la pignoración de valores admitidos a cotización en un mercado secundario oficial.
Garantía hipotecaria
Concepto: préstamo bancario en el que el prestatario aporta garantía hipotecaria sobre un inmueble sobre el que ostenta derecho a gravarlo.
Préstamos sindicados
Concepto: contrato por el que varias entidades de crédito, entre las que se encuentra la entidad que actúa como banco agente, se obligan a entregar o a poner a disposición del acreditado, a través del banco agente, los fondos hasta el límite y por el plazo estipulados, obligándose éste a su vez al reembolso de dichos fondos y al pago de intereses, comisiones y gastos correspondientes. Contrato atípico.
Préstamos participativos
Concepto: se consideran préstamos participativos aquellos que tengan las siguientes características: la entidad prestamista (que no suele ser una entidad financiera) percibirá un interés variable que se determinará en función de la evolución de la actividad de la empresa prestataria.
Crédito al consumo
Concepto: contratos por los que profesionales o empresarios conceden o se comprometen a conceder un crédito a consumidores para satisfacer necesidades de consumo al margen de su actividad empresarial o profesional.
Contrato de apertura de crédito
Concepto: contrato bancario por el que la entidad de crédito acreditante concede crédito al cliente acreditado a cambio de una comisión, mediante puesta a su disposición de dinero o la realización de prestaciones que le permitan obtenerlo, hasta una suma determinada y durante un plazo fijado.
El descuento bancario
Concepto: es un contrato por el que el banco anticipa al cliente el importe del crédito que éste tiene con un tercero, previa deducción de los intereses correspondientes por el tiempo que falta para su vencimiento, mediante la adquisición por el banco de la titularidad del crédito concedido y en el que la cesión tiene lugar "pro solvendo" y con la cláusula "salvo buen fin".
Además de ser un crédito concedido a corto plazo, es un servicio de gestión de cobro, lo que conlleva un riesgo añadido que justifica las comisiones y gastos de estas operaciones.