Contratos Reales y Obligaciones Ilícitas en el Derecho Romano
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El Contrato de Comodato
Elementos Personales del Comodato
En el comodato intervienen el comodante y el comodatario. La obligación fundamental recae en el comodatario, quien debe devolver la cosa en las mismas condiciones en las que la recibió, debiendo hacer un uso racional de la misma.
Defensa Procesal en el Comodato
El comodante dispone de una actio comodati para exigir responsabilidad al comodatario por la no devolución de la cosa en las condiciones acordadas. Por su parte, el comodatario dispone de la actio comodati contraria para exigir al comodante el resarcimiento por los gastos extraordinarios realizados en la conservación de la cosa.
El Contrato de Depósito
Se trata de un contrato real, bilateral imperfecto y gratuito, en virtud del cual una persona llamada depositante entrega a otra persona llamada depositario una cosa mueble para que la guarde y la devuelva cuando el depositante la solicite.
Objeto del Contrato de Depósito
La cosa entregada en concepto de depósito ha de ser mueble.
Elementos Personales del Depósito
En el depósito intervienen el depositante (entrega la cosa en depósito) y el depositario (recibe la cosa depositada). La obligación principal del contrato corresponde al depositario y es la de devolver el objeto en perfectas condiciones cuando el depositante lo solicite. En su caso, el depositante estará obligado a resarcir al depositario por los gastos extraordinarios ocasionados al depositario por el cumplimiento del contrato.
Defensa Procesal en el Depósito
El depositante dispone de la actio depositi directa contra el depositario en los casos en que este incumpla su obligación, mientras que el depositario dispondrá de la actio depositi contraria para exigir el resarcimiento de los posibles gastos extraordinarios.
Lección XIX: Delitos y Cuasidelitos
Los delitos englobarían aquellas obligaciones que nacen como consecuencia de un acto ilícito y, por tanto, sin acuerdo de voluntades entre las partes.
Delitos Privados
Aquel acto ilícito que genera una obligación como consecuencia de la cual el que lo cometía debía pagar una pena de carácter pecuniario.