Contratos, Seguros y Protección de Datos

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Leasing

Conocido como arrendamiento financiero, es un contrato por el cual una empresa (ARRENDADOR) cede a otra (ARRENDATARIO) el uso de un bien comprado por el arrendador siguiendo las instrucciones del arrendatario, durante un tiempo determinado y a cambio del pago de unas cuotas por parte de este, con la posibilidad de comprar al finalizar el contrato.

Renting

Es un contrato de arrendamiento de bienes muebles no fungibles, tanto productivos como de consumo, por el cual el arrendador, aparte de cederle el uso del bien al arrendatario, le ofrece la opción de sustituirlo y ampliarlo, así como de servicios relacionados con este.

Contrato de Seguro

El contrato de seguro debe ser formalizado por escrito, deberá redactarse de manera nominativa, a la orden y al portador, conteniendo:

  • Nombre y apellidos
  • Concepto
  • Naturaleza del riesgo
  • Objetos asegurados
  • Suma asegurada
  • Importe de la prima, recargos e impuestos
  • Vencimiento de las primas
  • Duración
  • Mediador, si interviene

Principios de la LOPD

  1. Exactitud de los datos (art.4): Deben ser exactos y estar actualizados y recogerse atendiendo a un criterio.
  2. Deber de confidencialidad (art.5): Se debe informar de forma previa, expresa y precisa al interesado.
  3. Consentimiento del afectado (art.6): En cualquier momento se podrá revocar su consentimiento.
  4. Consentimiento de los menores de edad (art.7): <14 años.
  5. Seguridad de datos (art.9): El responsable de los datos debe garantizar su seguridad y evitar la alteración, pérdida, acceso o tratamiento no autorizado.
  6. Deber de secreto (art.10): Obligado a mantener el secreto profesional.
  7. Comunicación de los datos (art.11): Los datos podrán ser comunicados a terceros con la autorización del afectado.
  8. Acceso a los datos por parte de terceras personas (art.12): Cuando se acceda a los datos para realizar un servicio, no se considerará comunicación de datos.

Derechos de los Interesados

Adaptación de la Empresa a la LOPD

  1. Análisis inicial: Se evalúa toda la información relacionada con los datos de carácter personal.
  2. Localización e identificación de los ficheros: Se deben identificar aspectos como su origen y procedencia, el trato que se le da dentro de la organización y qué se hace con ellos una vez que han sido utilizados.
  3. Clasificación y análisis legal de los ficheros: Si están informatizados, o si su acceso está mal o bien controlado.
  4. Determinación del nivel de seguridad aplicable: Puede ser medio, alto o bajo.
  5. Elaboración del manual de seguridad y del informe de adaptación: Se confeccionará un manual de seguridad adaptándolo a sus necesidades.
  6. Implantación, adaptación y concienciación del personal: Los empleados deben conocer y cumplir el manual de seguridad.
  7. Inscripción y notificación de los ficheros en la AEPD: Será necesario rellenar una serie de formularios.
  8. Auditoría de seguridad y mantenimiento: Su objetivo es adaptar las medidas de protección al nivel de seguridad necesario y notificar los cambios.

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