Control Constitucional y Derechos del Detenido: Marco Legal en España

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El Control Constitucional en España

El control constitucional consiste en verificar si las leyes contradicen la Constitución. Para ello, existen dos modelos en el derecho comparado:

Modelos de Control Constitucional

  • Modelo Concentrado: Un órgano constitucional se encarga de controlar la constitucionalidad de las leyes y tiene capacidad para anular la norma inferior.
  • Modelo Difuso: Cualquier juez puede declarar una norma inconstitucional, pero no anularla.
  • Modelo Mixto: Un tribunal ad hoc se encarga de controlar la constitucionalidad de las leyes, y, por otro lado, los jueces ordinarios pueden plantear dudas al tribunal.

Reglamentos: Normas de Rango Inferior

Los reglamentos son normas con rango inferior a la ley dictadas por el gobierno. Pueden distinguirse tres tipos de reglamentos:

  • Reglamentos de Ejecución y Desarrollo de una Ley: Necesitan una habilitación legislativa, esto es, que la ley autorice al gobierno a dictar normas.
  • Reglamentos Independientes: Estos reglamentos regulan una materia en ausencia de ley. Son válidos respecto a materias que no estén reservadas a la ley.
  • Reglamentos Organizativos: Son normas de organización interna.

Derechos del Detenido en España

La Constitución establece tres derechos del detenido, que han sido ampliados. Estos derechos son:

  • Derecho a ser informado inmediatamente y de forma comprensible de los motivos de su detención y de sus derechos.
  • Derecho a no declarar y a no confesarse culpable.
  • Derecho a ser reconocido por un médico.
  • Derecho a designar un abogado.
  • Derecho a comunicar a un familiar o a otra persona el hecho de la detención.

Si el detenido es extranjero, tiene derecho a que se ponga en conocimiento de la oficina consular, derecho a ser asistido por un intérprete y derecho a la asistencia letrada. Si son sospechosos de delitos terroristas, pueden pasar a estar incomunicados y serán asistidos por un abogado de oficio. Por último, se podrán incautar los documentos personales, ya que no supone una violación del derecho a la intimidad.

Garantías Específicas del Proceso Penal

Junto a las garantías aplicables a todo tipo de procedimientos, la Constitución recoge ciertas garantías específicas del proceso penal, a saber:

  • Derecho a ser informado de la acusación al comienzo del juicio y, en caso de que una de las partes acusadoras cambie la calificación jurídica de los hechos, otra consecuencia es la prohibición de la reformatio in peius.
  • Derecho a no confesarse culpable y a no declarar contra uno mismo.
  • El derecho a la presunción de inocencia, lo que significa que una acusación ha de basarse en pruebas fehacientes, y en caso de que existan dudas razonables, se deberá absolver al acusado. Las pruebas obtenidas antes del juicio por la policía o por el juez de instrucción deben ser reproducidas y confirmadas durante la vista oral.
  • El derecho a no ser obligado a declarar cuando medie parentesco o secreto profesional.

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