Convención de los Derechos del Niño: Principios y Aplicación
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Convención de los Derechos del Niño
La supremacía: que la constitución está sobre otra ley
El tratado internacional CDI: Convención de los Derechos del Niño es un instrumento de carácter internacional, el cual tiene más países que se han suscrito, menos Estados Unidos y Somalia. Protege a los niños y adolescentes - cuando un tratado favorece más, no existe la supremacía.
CDI: 20/NOV/1989. Es su origen según la doctrina de protección integral.
Y es el día en que se firma el documento: nos dice que por el hecho de ser niños y adolescentes están ya en uso de sus derechos y son sujetos de derecho y también beneficiarios.
ANTERIOR FUE: Doctrina de situación irregular - Los niños no son sujetos sino objetos de derecho, son niños abandonados que no tienen padres y solo esos niños recibirán protección.
- LA NORMA SE APLICA A ELLOS: víctimas de maltrato, explotados, abandonados o callejizados.
ECUADOR: firmó 22/septiembre/1990 y acepta todo el contenido y este forma parte de la normativa ecuatoriana.
CÓDIGO ORGÁNICO DE NIÑOS Y ADOLESCENTES: niños hasta los 12 años o adolescentes hasta los 18.
LA CONVENCIÓN DEL NIÑO incorpora principios que son normas a seguir para una correcta aplicación de la ley.
- MANUEL ATIENZA: Los principios son mandatos de optimización que obligan a cumplir una orden para una correcta aplicación de la norma jurídica que protege a niños, niñas y adolescentes.
PRINCIPIO DE INTERÉS SUPERIOR: Principio de mejor interés: NNA.
- PRINCIPIO DE PRIORIDAD ABSOLUTA: Obligación de los gobiernos.
- PRINCIPIO DE CORRESPONSABILIDAD SON OBLIGADOS:
Familia, sociedad y estado: corresponsables del cumplimiento de los NNA.
- PRINCIPIO DE APLICACIÓN DE LO MÁS FAVORABLE: Si no se sabe la edad, se puede aplicar lo más favorable y si tiene menos de 12 años no se le puede juzgar.
- PRINCIPIOS DE PROGRESIVIDAD DE DERECHOS: los derechos que están establecidos a favor para los niños no podrán ser anulados ni quitados por leyes posteriores.
- PRINCIPIO DE RESERVA: Tiene aplicación en el campo de juzgamiento de las infracciones cometidas por los adolescentes -
A la información de juzgamiento de los adolescentes no se puede tener acceso, tiene que ser destruida ART 317.
EL 03 DE ENERO: se expide de CONA código orgánico de la niñez y adolescencia y entra en vigencia 180 días después el 03 de julio de 2003.
PRIMERA REFORMA: 09 JULIO DE 2009, 22 MAYO 2015, 10 MAYO 2017.