Convención de Viena: Ámbito y Obligaciones en Compraventa Internacional

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Ámbito de Aplicación de la Convención de Viena

Condiciones Objetivas para la Aplicación

  • Que el objeto del contrato sea la compraventa de mercancía. La aplicación de la Convención en caso de suministro de mercancías requiere que el proveedor las manufacture.
  • Que el objeto sea la venta o suministro de mercancías que pertenecen al vendedor o son producidas por el proveedor.
  • Que las mercancías sean adquiridas con una finalidad comercial.

Casos Relacionados (No Necesariamente Cubiertos Directamente por la CVIM como Contratos de Venta)

Aunque la Convención se centra en la compraventa, su aplicación o principios pueden ser relevantes en contextos como:

  • El Leasing (Arrendamiento Financiero)
  • La Venta a Crédito
  • La Venta en Consignación
  • La Concesión
  • La Distribución de las Mercancías

Casos en los que NO Aplica la Convención de Viena

La Convención nunca aplica en los siguientes casos:

  • La Permuta
  • El Mandato
  • La Administración
  • La Publicidad
  • El Contrato de Sociedad
  • Los Contratos Financieros
  • Los Contratos de Inversión
  • Ventas para uso personal, familiar o doméstico.
  • Venta de buques, aeronaves.
  • Suministro de mano de obra y de transporte.

Aspectos Regulados y Excluidos por la Convención

Lo que Regula la Convención

La Convención regula:

  1. La formación del contrato.
  2. Los efectos del contrato, es decir, los derechos y obligaciones de las partes.

Lo que NO Regula la Convención

La Convención no regula:

  1. La capacidad de las partes.
  2. La validez del contrato o de cualquiera de sus estipulaciones, ni los efectos que el contrato pueda producir sobre la propiedad de las mercancías vendidas.
  3. Las ventas por subasta.
  4. Los remates.
  5. La compraventa de elementos para uso personal, familiar o doméstico.
  6. La venta de valores mobiliarios, títulos o efectos cambiarios y dinero (ej: compra de divisas, compra en bolsa).
  7. La venta de buques, embarcaciones, aerodeslizadores y aeronaves.
  8. La venta de electricidad.
  9. La venta de bienes inmuebles urbanos y rurales.
  10. Los contratos de suministro de mercancías que hayan de ser manufacturadas o producidas, cuando la parte que encargue las mercancías proporcione una parte sustancial de los materiales necesarios para esa manufactura o producción.

Elementos Clave del Contrato bajo la Convención

Libertad de Contratación

Las partes son libres para determinar la aplicación total o parcial de la Convención, o excluirla por completo.

Normas de Orden Público

Existen normas que no pueden ser modificadas por las partes, tales como:

  • Las Normas de Comercio Exterior.
  • El Régimen de Aduanas.
  • Las Condiciones Esenciales de los Contratos (Consentimiento libre de vicios, Objeto y causa lícita, Capacidad, Validez del contrato).

El Objeto del Contrato

El objeto principal es el cambio de mercancías por un precio.

  • No se permite la venta de Patrimonio Histórico de la Nación.
  • Las mercancías deben tener comercialidad en el campo internacional.
  • No se aplica a mercancías ilícitas o contrarias al régimen de comercio exterior.

El Precio

El precio podrá ser determinado o determinable. Puede ser pactado en:

  • Títulos valores de contenido crediticio.
  • Divisas.

La Causa Lícita

La causa del contrato debe ser lícita.

Obligaciones del Vendedor

Entrega de la Mercancía

  1. En el Plazo fijado en el Contrato:
    • Entrega Anticipada: El vendedor podrá reemplazar y corregir la mercancía. El comprador NO está obligado a recibirla si no le conviene.
  2. En el Plazo Razonable cuando NO se ha fijado: Depende del medio de transporte, la distancia y la modalidad de la entrega.
  3. Lugar de Entrega: En el lugar pactado.

Estado de las Mercancías (Conformidad)

La entrega de las mercancías debe ser en buen estado, cumpliendo las condiciones pactadas y siendo adecuadas para:

  • El uso ordinario.
  • El uso especial que se haya determinado, de manera que sea útil para el comprador.

Los defectos de conformidad deben existir al momento de transferir el riesgo.

  • Cuando la calidad NO es la solicitada (defectos ocultos). La responsabilidad del vendedor por defectos requiere que el defecto existiera en el momento de la transferencia del riesgo.

Obligaciones del Comprador Respecto a Defectos

Para que el comprador pueda reclamar por defectos:

  1. Que la mercancía llegó con defectos.
  2. Que NO conociera de los defectos al momento de contratar.
  3. El comprador deberá revisar las mercancías en la menor brevedad posible.

Debe denunciar al vendedor en un tiempo razonable que la mercancía venía defectuosa para que la reemplace o devuelva el precio. Existe un plazo de 2 años para accionar judicialmente desde la entrega, salvo pacto distinto.

Qué Ocurre Cuando el Comprador NO Quiere Recibir la Mercancía

  • El vendedor deberá conservarla.
  • El vendedor deberá procurar la venta de la mercancía por cuenta del comprador si es perecedera o su conservación implica gastos excesivos.
  • El comprador deberá pagar los perjuicios causados al vendedor por el incumplimiento.

Mercancía Libre de Derechos y Pretensiones de Terceros

El vendedor debe entregar las mercancías libres de cualesquiera derechos o pretensiones de un tercero.

Reducción de los Perjuicios

La parte que invoque el incumplimiento del contrato deberá adoptar las medidas que sean razonables, atendidas las circunstancias, para reducir la pérdida, incluido el lucro cesante, resultante del incumplimiento. Si no adopta tales medidas, la otra parte podrá pedir que se reduzca la indemnización de los daños y perjuicios en la cuantía en que hayan podido reducirse.

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