Convenios Colectivos: Delimitación de Ámbitos y Tipologías Clave
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Pactos y Acuerdos Colectivos: Delimitación de Ámbitos
Las partes involucradas en la negociación colectiva determinan el ámbito de aplicación de cada Convenio Colectivo, haciendo constar los siguientes aspectos:
- Ámbito Funcional: Define la rama, sector o subsector de actividad económica, la empresa o centro de trabajo, o incluso el propio ámbito interprofesional al que se aplica el Convenio.
- Ámbito Territorial: Establece el espacio geográfico (estatal, de Comunidades Autónomas, interprovincial, provincial, comarcal, local) en el que el Convenio es de aplicación.
- Ámbito Personal: Determina la aplicación del Convenio a grupos o categorías profesionales específicas dentro de la empresa. Existe libertad para negociar por separado para determinados grupos de trabajadores, siempre que dicha negociación no incurra en discriminación.
La combinación de los ámbitos funcional, territorial y personal delimita de forma conjunta la Unidad de Negociación correspondiente.
Tipologías de Acuerdos y Convenios Colectivos
Tipología de Acuerdos según su Función
Estos acuerdos establecen pautas o regulan materias específicas en el marco de la negociación colectiva:
Acuerdo Marco
Convenio que establece reglas o pautas sobre la estructura de la negociación colectiva en el ámbito interprofesional o sectorial al que se aplica, y sobre el contenido de los convenios que se negocien en ámbitos inferiores. Su función principal es ordenar y orientar, actuando como "convenios para convenir".
Acuerdos sobre Materias Concretas
Se suscriben a nivel interprofesional y regulan materias específicas, como la formación continua o los medios de solución extrajudicial de conflictos de trabajo.
Convenio Básico o General
Fija en un ámbito sectorial amplio las bases o condiciones de trabajo, que actúan como un mínimo inderogable para otros convenios posteriores. Proporciona una regulación sectorial de cierta estabilidad y puede funcionar también como un acuerdo marco.
Acuerdos de Empresa
Son acuerdos de reorganización productiva que tienen por objeto la organización del trabajo y la adopción de decisiones sobre el empleo o la plantilla. Su negociación se prevé a veces en la ley (por ejemplo, para extinciones colectivas de contratos de trabajo).
Acuerdo Colectivo de Paz
Concluido con ocasión de una huelga o situación conflictiva entre trabajadores y empresarios, con el propósito de poner fin al conflicto. Se centra en las materias objeto de controversia.
Tipología de Convenios según su Naturaleza
La naturaleza de un convenio colectivo determina su fuerza vinculante y eficacia:
Convenio Colectivo Estatutario
Posee fuerza vinculante y eficacia general, reconocida expresamente por la Constitución Española (CE). Se negocia cumpliendo los requisitos establecidos en el Título III del Estatuto de los Trabajadores (ET).
La eficacia del Convenio se establece en el Art. 82.3 ET: “Los Convenios Colectivos regulados por esta ley obligan a todos los empresarios y trabajadores incluidos dentro de su ámbito de aplicación durante todo el tiempo de su vigencia”.
Convenio Colectivo Extraestatutario
Carece de fuerza vinculante y eficacia general. No cumple con los requisitos del Título III del Estatuto de los Trabajadores (ET).
Tipología de Convenios según su Ámbito de Aplicación
Estos convenios se clasifican según el alcance geográfico o de grupo al que se dirigen:
Convenio de Franja
Es de aplicación a un grupo específico de trabajadores dentro de un colectivo más amplio (empresa o sector) que presenta características especiales.
Convenio de Centro de Trabajo
En empresas de cierta dimensión, se pueden negociar convenios en un ámbito más reducido, como el centro de trabajo.
Convenio de Empresa
Su ámbito funcional no rebasa el conjunto de relaciones de trabajo de una empresa o, en su caso, de un grupo de empresas.
Convenio de Sector
El ámbito de negociación es el sector o rama de actividad. Se pueden negociar en distintos ámbitos territoriales.
Convenio Interprofesional
Establece reglas comunes para todas las relaciones de trabajo del conjunto del sistema productivo o para un ámbito funcional que comprende varias ramas de actividad. Suele regular materias concretas y la orientación de la negociación colectiva.