Cortes de Cádiz, Constitución de 1812 y Reinado de Fernando VII: Absolutismo, Liberalismo y Emancipación Americana
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Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
Las Cortes de Cádiz
Durante la Guerra de la Independencia (1808-1814), un sector de la sociedad española buscó sentar las bases jurídicas para la modernización del país. La idea era que, al regresar el rey Fernando VII, solo tuviera que implantar estas nuevas leyes. El proceso de convocatoria de Cortes lo había iniciado la Junta Suprema Central, que pretendía llevarlo a cabo por estamentos. Sin embargo, la Junta Central traspasó sus poderes a un Consejo de Regencia, que sería el encargado de convocar las Cortes. Los liberales lograron que la convocatoria se realizara como una asamblea única, en la que cada diputado tenía derecho a un voto. La elección de los diputados se realizó mediante el voto de los varones mayores de 25 años.
En cuanto a la composición de las Cortes, cabe destacar la ausencia de representantes de las clases populares y que los representantes de los territorios americanos fueron designados entre los originarios de dichos territorios que se encontraban en Cádiz. En su Decreto de Constitución, las Cortes establecieron los siguientes principios:
- La soberanía nacional residía en las Cortes.
- Se establecía la división de poderes.
- Las Cortes tenían el poder legislativo.
- Se encomendaba a las Cortes la elaboración de una Constitución.
Las Cortes de Cádiz representaron el primer episodio de la revolución liberal burguesa en España. Su objetivo era crear un nuevo modelo de sociedad basado en tres pilares fundamentales:
- Libertad económica.
- Igualdad jurídica.
- Un sistema político parlamentario y constitucional.
La Constitución de 1812
La labor más importante de las Cortes de Cádiz fue la promulgación de la primera constitución española, conocida como "La Pepa". Esta Constitución, aprobada el 19 de marzo de 1812, es considerada uno de los mejores modelos del primer constitucionalismo occidental. Fue el resultado del compromiso entre liberales y absolutistas, aunque con un claro predominio de la ideología liberal. Entre sus principales características destacan:
- Se establecía la soberanía nacional.
- Se configuraba una monarquía limitada, basada en la división de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.
- Las Cortes desempeñaban un papel fundamental, con amplios poderes.
- Se establecía el fuero único, excepto para eclesiásticos y militares.
- Se garantizaban los derechos fundamentales del individuo.
- Se imponía el catolicismo como religión oficial y única.
La propia Constitución determinaba el procedimiento para elegir a los diputados de las Cortes, basado en un complejo sistema de sufragio indirecto.
En conclusión, la Constitución de 1812 representó el primer intento serio de racionalizar el Estado y el ejercicio del poder sobre la base de los principios liberales, marcando un hito fundamental en la historia de España.
Fernando VII: Absolutismo y Liberalismo. La Emancipación de la América Española
Introducción
El Tratado de Valençay, firmado en diciembre de 1813, puso fin a la Guerra de la Independencia y propició el regreso de Fernando VII a España. El monarca se enfrentaba a una disyuntiva crucial: gobernar como un monarca absoluto o como un monarca constitucional, tal y como se había establecido en la Constitución de 1812. En este contexto, recibió el Manifiesto de los Persas, un documento en el que se le animaba a restaurar el absolutismo, argumentando que era la mejor forma de gobierno para España.